Accesos directos a las distintas zonas del curso

Ir a los contenidos

Ir a menú navegación principal

Ir a menú pie de página

PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (PEDAGOGÍA)

Curso 2018/2019 Subject code63024042

PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (PEDAGOGÍA)

REQUISITOS Y/O RECOMENDACIONES PARA CURSAR LA ASIGNATURA

Para abordar con aprovechamiento la dimensión eminentemente práctica de esta asignatura, es necesario estar en posesión de unos conocimientos y destrezas básicos contextualizados en el ámbito de la educación, por lo que se recomienda que los estudiantes tengan superados, al menos, 60 ECTS de formación básica y/o específica.

Dado el carácter propedéutico de las asignaturas de la materia de Prácticas Profesionales en el Grado, se recomienda haber superado previamente las asignaturas de Prácticas Profesionales I,  Prácticas Profesionales II y Prácticas Profesionales III, por su estrecha relación con Prácticas Profesionales IV.

Por otro lado, se requiere el dominio de herramientas digitales, a nivel de usuario, y disponer de acceso a Internet, ya que tanto las orientaciones como la documentación se alojan en el aula virtual de esta asignatura.

NOTA: 

Para los estudiantes que realicen sus prácticas en centros que trabajan con menores:

La Ley que regula la protección Judicial del Menor (Ley Orgánica 1/1996, modificada por la Ley 26/2015 de 28 de julio) dispone que será requisito para el ejercicio de actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Con el fin de dar cumplimiento a esta normativa, y para demostrar la ausencia de antecedentes, es necesario disponer de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales (RD 1110/ 2015 del 11 de diciembre).

Para cumplir con la normativa, la UNED en el marco de la Administración electrónica, consultará dicha información en las bases de datos del Ministerio. Si el estudiante en la matrícula desautoriza a la UNED a realizar  dicho trámite o una vez hecha la consulta no cumple con los requisitos normativos, no podrá realizar prácticas en un centro donde tenga contacto habitual con menores.

En el caso de que cumpla los requisitos y se le asigne un centro de prácticas que atienda habitualmente a  menores, el estudiante deberá obtener dicha certificación directamente de la Administración de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestiones-personales/certificado-delitos)   y entregarla en la entidad de prácticas.

Asimismo, los estudiantes de origen extranjero o que tuvieran otra nacionalidad, deberán aportar, además, certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales (art. 9.3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales).