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DERECHO CONSTITUCIONAL IV

Curso 2018/2019 Subject code66012051

DERECHO CONSTITUCIONAL IV

HORARIO DE ATENCIÓN AL ESTUDIANTE

A pesar de que han sido muy numerosas las definiciones referentes a la educación a distancia, que parten de una diversidad en la consideración de los proyectos, el tamaño, las estructuras, la organización o incluso, como veíamos anteriormente, la denominación, nos alineamos con la definición de FERNANDEZ DE BUJAN, para quien "la educación a distancia es un sistema de enseñanza apto para ser ofrecido a un amplio número de estudiantes, en el que los alumnos, sin requerir la presencia  continua de sus profesores, y con el fin de cursar de forma flexible sus estudios, dirigen personalmente su propio proceso de aprendizaje, aprovechándose de los medios tecnológicos y el apoyo tutorial que les ofrece un equipo docente, responsable de la programación académica, la elaboración de los materiales didácticos y la evaluación de los resultados"

De la consideración de la enseñanza a distancia como "un sistema tecnológico de comunicación bidireccional, que puede ser masivo y que sustituye la interacción personal en el aula de profesores y alumnos como medio preferente de enseñanza por la acción sistemática y conjunta de diversos recursos didácticos y el apoyo de una organización y tutoría que propician el aprendizaje independiente y flexible de los estudiantes", podemos extraer una serie de características, cuya combinación, y mayor o menor ponderación, concurren en la consideración de la enseñanza a distancia:

1. En la modalidad de educación a distancia existe una importante separación profesor-alumno, lo que no implica una ausencia de relación entre los alumnos y los docentes.

2.Se establece una organización de apoyo al alumno a través de un sistema tutorial.

3. En la modalidad de la enseñanza a distancia se potencia el aprendizaje individual y flexible y se favorece el trabajo independiente del alumno. No obstante este aprendizaje independiente y flexible no significa que el alumno se encuentre sin los medios de apoyo necesarios para solventar cualquier problema que se pudiera suscitar. Por el contrario, si el modelo de educación a distancia dispone de medios necesarios y diversos para ofrecer soluciones a estos problemas, lo que se pretende potenciar es que el alumno adecue estos medios, y opte entre ellos, a sus propias necesidades.

4.En la educación a distancia existe una comunicación bidireccional en el que ambas partes (docentes y alumno) se convierten en emisores y receptores.

Si en el modelo de educación superior a distancia convierte al estudiante en el centro del proceso de aprendizaje, a la vez que es sujeto activo de su formación, la eficacia del modelo educativo depende, en gran medida, de la formación, capacidad y actitudes de sus docentes.

Las dificultades que se han puesto de manifiesto en el modelo educativo a distancia exigen, por consiguiente una actitud determinada en el docente a distancia y distinta de la que se requiere al docente presencial, puesto que mientras que en el modelo presencial gran parte de los problemas que pueden surgir pueden depender del profesor, en el modelo a distancia, aparte de que los problemas dependan del docente, también dependen del sistema. Se trata de una metodología docente que también deberá tener en cuenta la motivación y potenciación del aprendizaje independiente y autónomo del alumno. La educación a distancia no es una enseñanza presencial, pero tampoco se trata de un aprendizaje absolutamente libre. Por ello, la distancia pone al profesor en una situación especial, puesto que el docente no desgrana el programa directamente ante los alumnos. El docente a distancia debe, en definitiva, prever lo que los alumnos deben de aprender, pero tambien, y fundamentalmente, cómo lo conseguirán, con qué dificultades se encontrarán, y cómo podrán saber que el proceso de aprendizaje es el más adecuado. Necesita anticiparse a las necesidades a través de un adecuado sistema de información, de llevar a cabo una auténtica dirección del aprendizaje y de realizar una función orientadora tanto a la largo del proceso, como en el propio sistema de evaluación

            También la figura del Profesor-Tutor es fundamental en un sistema de enseñanza y aprendizaje a distancia, siendo su presencia imprescindible. El modelo español de enseñanza a distancia desarrollado por la UNED presenta la figura del Profesor-Tutor como elemento esencial del aprendizaje autónomo de los alumnos.

            El Profesor-Tutor  es un miembro docente de la comunidad universitaria de la UNED que participa en sus órganos docentes y de gobierno y organiza su participación y representación en los Departamentos encargados de impartir la docencia, y que ejercen funciones docentes que se concretan básicamente en:

  1. Orientar al alumno en sus estudios y aclarar y explicar las cuestiones relativas al contenido de la materia, cuyas tutorías desempeña siguiendo las directrices del Departamento.
  2. Informar al Profesor responsable de cada Asignatura del nivel de preparación de los alumnos.

            Con relación a la función académica del Profesor-Tutor, el alumno a distancia debe de esperar que le aclare las ideas sustanciales de la materia de estudio y le resuelva adecuadamente las dudas que le surjan -no que el Profesor-Tutor les explique todos y cada uno de los temas que componen el programa de la Asignatura-, pero que también le oriente metodológicamente y que cuide del área motivacional del estudiante.

            El Profesor-Tutor ayuda y facilita al alumno en la comprensión de la materia, pero también debe situar al alumno en condiciones de desarrollar al máximo su capacidad de asimilación en el aprendizaje y facilitarle técnicas que favorezcan su autonomía personal.

            Como ha indicado Fernández de Buján, desde el plano académico el Profesor-Tutor es un estudioso de la materia que tutoriza, que debe de conocer los sistemas metodológicos de la UNED, animando las actitudes científicas, como primer y mayor auxilio académico del alumno. Pero debido a la distancia docente-discente que caracteriza este modelo educativo, el Profesor-Tutor se convierte en un consejero y un orientador, motivador directo en el estímulo del proceso de aprendizaje que apoya y estimula al alumno en los momentos de dificultades y crisis.

            Así, esta figura docente característica de la educación a distancia, es profesor cuando enseña la materia; tutor cuando ayuda y tutela al alumno en las necesidades y carencias durante el proceso de aprendizaje; asesor cuando aconseja y sugiere soluciones; orientador cuando guía, y facilitador cuando hace más asequible los contenidos del aprendizaje. Para el desarrollo de esta labor, el Profesor-Tutor no solo necesita la formación básica y permanente correspondiente a sus labores docentes, sino también una formación específica sobre las directrices científicas y académicas que emanan de los Equipos docentes y sobre la metodología de la educación superior a distancia, y en este caso, la de la UNED, que es ofrecida por la propia Universidad.

            Los estudiantes de esta Asignatura pueden contactar con los Profesores de la Sede Central de acuerdo con el siguiente horario de guardias y permanencias:

* Dr. D. José María Cayetano Núñez Rivero (Profesor Titular de Derecho Constitucional)

    e-mail: jose.nunez@der.uned.es

   Tel:  91 398 80 18

    horario de guardias y permanencias:  martes y miércoles en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 20 horas.

* Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez (Catedrático de Derecho Constitucional)

    e-mail:  juanmgoig@der.uned.es

    Tel: 91 398 80 18

    horario de guardias y permanencias: martes y miércoles en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 20 horas.

* Dra. Dª. María Núñez Martínez (Profesora Contratada Doctora de Derecho Constitucional)

   e-mail: mnunezm@der.uned.es

   Tel: 91 398 80 18

   horario de guardias y permanencias: martes y miércoles en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 20 horas.

* Prof. Dra. Dª. Mª Isabel Martín de Llano (Profesora Contratada Doctora de Derecho Constitucional)

   e-mail: mimartin@der.uned.es

   Tel: 91 398 80 18

  Horario de guardias y permanencias: Lunes, de 10 a 14 y de 16 a 20 h. Y Jueves, de 10 a 14 h.

 

Los estudiantes pueden contactar mediante correo ordinario con cualquiera de los Profesores del Equipo Docente a la siguiente dirección postal:

Nombre del Profesor

UNED. Facultad de Derecho.

Departamento de Derecho Político.

C/ Obispo Trejo nº 2

Ciudad Universitaria

Madrid, 28040

También pueden entrevistarse personalmente con los Profesores, los días de guardia y permanencia indicados, en la dirección indicada, en los Despachos 1.22 y 1.24

Por supuesto que los estudiantes pueden contactar con sus Profesores Tutores a través de los Centros Asociados. Esta comunicación con el Profesor Tutor, a través de los distintos sistemas de comunicación, es fundamental, puesto que será el Tutor el encargado de evaluar las actividades que el Equipo Docente ha propuesto en las Pruebas de Evaluación Continua, así como proporcionar orientaciones formativas a los estudiantes que le han sido asignados