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Subject code : 66043063
En este capítulo proponemos definir la víctima de la delincuencia, distinguiéndola de cualquier otro tipo de víctima del azar o de desastres sociales o naturales.
Aquí será necesario explicar que un delito es un tipo de conducta cuyo responsable está penado por una norma jurídica con rango de ley. Si no está en el Código Penal no es un delito, aunque quien padezca faltas de respeto, de educación de solidaridad o incluso faltas administrativas sienta y exprese ser víctima de un delito en las encuestas de vicitimización.
Se describe el proceso, las etapas y las clases de victimización, así como sus secuelas.
La desvictimización es el proceso de restitución o resarcimiento del impacto que el delito haya podido producir en la víctima.
En este capítulo enumeraremos las tres grandes tipologías victimales que tienen en cuenta las características de víctima y victimario, así como su intención y modo de participación en la pareja criminal.
Aquí tenemos en cuenta factores como el sexo, la edad y la personalidad.
En este capítulo estudiamos los factores que pueden coadyuvar a la victimización tales como el parentesco, la nacionalidad, la situación económica, así como un factor relevante cual es la determinación espaciotemporal del suceso.
El conocimiento y las relaciones sociales previas anteceden en muchos casos a que una víctima sufra una agresión por parte de un victimario
El padecimiento de un delito no es aleatorio, sino que está influido por circunstancias espaciotemporales y por el perfil sociodemográfico y actitudinal de víctima y victimario, así como por su estilo de vida. Las víctimas potenciales son las que tienen mayor propensión a sufrir un delito que el conjunto de la población general.
Durante tiempo inmemorial las víctimas han sido menospreciadas por el proceso penal para evitar cualquier afán de venganza y cuando se las ha tenido en cuenta se ha hecho parcialmente y atendiendo demandas sociales y mediáticas respecto de determinadas víctimas como las del terrorismo o las de la violencia machista. Ahora se ha dado un paso de gigante con el nuevo Estatuto de las Víctimas del Delito.
Resulta de extremada importancia la atención no sólo jurídica y sanitaria de las víctimas, sino también la asistencia psicológica y económica de las mismas, ya sea a través de ONGs o, especialmente, por medio de las instituciones autonómicas.
Este tipo de justicia parte de la comprensión de las circunstancias de la relación social víctima-victimario y se propone restaurar la situación de la víctima mediante el reconocimiento del hecho por el victimario y una indemnización a título de resarcimiento.
La mediación se establece como procedimiento pacífico para llegar a acuerdos dentro de lo que supone un proceso extrajudicial.
Este capítulo tiene un protagonismo especial por cuanto que una de las principales consecuencias, si no la principal, de los delitos en general y de los delitos violentos en particular son los daños psicológicos que producen y sus secuelas de larga duración. El trauma producido por el delito padecido depende del hecho y su gravedad, de las características sociodemográficas y actitudinales de la víctima, así como de su resiliencia; y de la rapidez y eficacia de la intervención y el tratamiento psicológico proporcionado a las víctimas.
En este capítulo se tiene en cuenta las características físicas, psíquicas y sociales de la víctima, así como las de la situación contextual en la que se produce la victimización y sus consecuencias.
Por último, se hace aquí hincapié en los procesos de recuperación de las víctimas de la delincuencia.