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PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (EDUC. SOCIAL)

Curso 2021/2022 Subject code63014026

PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (EDUC. SOCIAL)

REQUISITOS Y/O RECOMENDACIONES PARA CURSAR LA ASIGNATURA

El objetivo central de esta materia es relacionar teoría y práctica, potenciando de manera significativa, el carácter profesionalizante del Grado. Para abordar con aprovechamiento esta dimensión eminentemente práctica todo estudiante debe estar en posesión de unos conocimientos y destrezas básicos contextualizados. En este sentido, antes de matricularse en la asignatura de Prácticas Profesionales IV, es conveniente haber superado la/s siguiente/s asignatura/s del plan de estudios de este Grado:

-          Las asignaturas de formación básica (30 créditos)

-          Las tres asignaturas precedentes de Prácticas Profesionales (Prácticas Profesionales I, II y III).

Los contenidos y competencias adquiridos en esta/s asignatura/s se darán por supuestos al realizar estas Prácticas.

En Prácticas III los estudiantes han aprendido a realizar un diagnóstico de necesidades y diseñar un proyecto que responda a esas necesidades. Continuando secuencialmente el proceso en Prácticas IV el estudiante aprenderá a implementar y evaluar ese proyecto.

En este sentido se pueden dar dos situaciones:

1. Estudiantes con Prácticas III aprobadas: ejecutarán el proyecto diseñado en PP III, a ser posible, en el mismo centro en el que se desarrollaron PP III; si no fuese posible se recurrirá a un centro de similares características.

2.Estudiantes con PP III suspendidas o no realizadas: El estudiante deberá ejecutar un proyecto de cuyo diseño no se responsabiliza el Equipo Docente de PP IV, por ser competencias de asignaturas previas que se dan por adquiridas.

Por otro lado, se requiere el dominio de las herramientas digitales, a nivel de usuario, y disponer de acceso a Internet, ya que tanto las orientaciones como la documentación se alojan en el aula virtual de esta asignatura.

Para los estudiantes que realicen sus prácticas en centros que trabajan con menores:

La Ley que regula la protección Judicial del Menor (Ley Orgánica 1/1996, modificada por la Ley 26/2015 de 28 de julio) dispone que será requisito para el ejercicio de actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Con el fin de dar cumplimiento a esta normativa, y para demostrar la ausencia de antecedentes, es necesario disponer de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales (RD 1110/ 2015 del 11 de diciembre).

Para cumplir con la normativa, la UNED en el marco de la Administración electrónica, consultará dicha información en las bases de datos del Ministerio. Si el estudiante en la matrícula desautoriza a la UNED a realizar  dicho trámite o una vez hecha la consulta no cumple con los requisitos normativos, no podrá realizar prácticas en un centro donde tenga contacto habitual con menores.

En el caso de que cumpla los requisitos y se le asigne un centro de prácticas que atienda habitualmente a  menores, el estudiante deberá obtener dicha certificación directamente de la Administración de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/ciudadanos/tramites-gestiones-personales/certificado-delitos)   y entregarla en la entidad de prácticas.

Asimismo, los estudiantes de origen extranjero o que tuvieran otra nacionalidad, deberán aportar, además, certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales (art. 9.3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales).