La metodología vigente nos obliga a la distinción entre competencias y resultados de aprendizaje. Son aquellas el conjunto de conocimientos y habilidades de que dispondrá el alumno una vez finalizados los estudios de grado. Los resultados de aprendizaje se concretan en el ámbito de la asignatura. Pero ambos se encuentran interconectados, incluso puede afirmarse que unas asignaturas son cimiento para la construcción de otras. En este aspecto, el Derecho Constitucional I, es basamento sobre el que deberá apoyarse el resto de conocimientos jurídicos. De su solidez y firmeza dependerá la capacidad de soportar la construcción de conocimiento futura. Por lo expuesto, esta asignatura no tiene como resultado de aprendizaje exclusivo el Estado, la Constitución o los órganos que regula, sino que habrá también de facilitar el acceso al resto de conocimientos jurídicos, dado que la Constitución es hoy el centro organizativo social y político.
De esta forma el trabajo que se realice en esta asignatura deberá aspirar a conseguir los siguientes objetivos:
Comprender el funcionamiento institucional del Estado
Comprender la relación entre órganos y funciones constitucionales como expresión del principio de división de poderes
Hacer uso de textos normativos y normas de desarrollo de la Constitución española de 1978
Poder hacer análisis técnicos de contenidos informativos de los medios de comunicación
Adquirir una conciencia crítica en el análisis de las normas y de la información de carácter político
Saber proponer medidas de mejora legislativa y de funcionamiento de la Administración
Comprensión de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
Saber realizar una argumentación jurídica y aportar razonamientos jurídicos básicos