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PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (EDUC. SOCIAL)

Curso 2023/2024 Subject code63014026

PRÁCTICAS PROFESIONALES IV (EDUC. SOCIAL)

REQUISITOS Y/O RECOMENDACIONES PARA CURSAR LA ASIGNATURA

El objetivo central de esta materia es relacionar teoría y práctica, potenciando de manera significativa, el carácter profesionalizante del Grado. Para abordar con aprovechamiento esta dimensión eminentemente práctica cada estudiante debe estar en posesión de unos conocimientos y destrezas básicos contextualizados. En este sentido, para poder matricularse en la asignatura Prácticas Profesionales IV, es condición obligada haber superado la/s siguiente/s asignatura/s del plan de estudios: Prácticas Profesionales I y II. Los contenidos y competencias adquiridos en esta/s asignatura/s se darán por supuestos al realizar estas Prácticas.

Asimismo, es recomendable haber superado la/s siguiente/s asignatura/s del plan de estudios del Grado: las asignaturas de formación básica (30 créditos) y la asignatura Prácticas Profesionales III. Los contenidos y competencias adquiridos en esta/s asignatura/s se darán por supuestos al realizar estas Prácticas.

En Prácticas III los/as estudiantes han aprendido a realizar un diagnóstico de necesidades y diseñar un proyecto que responda a esas necesidades. Continuando secuencialmente el proceso, en Prácticas IV, el aprendizaje se orienta a los siguientes procesos:

  • La implementación de un proyecto de intervención
  • El diseño de evaluación del proyecto, incluyendo la evaluación del diseño, del proceso y de los resultados.
  • La evaluación del proyecto e interpretación de resultados.

En este sentido se pueden dar dos situaciones:

  1. Estudiantes con Prácticas III aprobadas: ejecutarán el proyecto diseñado en PP III, a ser posible, en el mismo centro en el que se desarrollaron PP III; si no fuese posible por haber cambiado de centro de prácticas, o por haber cambiado las circunstancias del centro para el que se ha diseñado la intervención, entonces será necesario diseñar un nuevo proyecto de intervención. En este caso, el Equipo Docente de PPIV no se responsabiliza de la orientación ni supervisión del diseño de dicho proyecto por ser competencias previamente adquiridas por el estudiantado en otras asignaturas.
  2. Estudiantes con PP III suspendidas o no realizadas: el/la estudiante deberá ejecutar un proyecto de cuyo diseño no se responsabiliza el Equipo Docente de PP IV, por ser competencias de asignaturas previas que se suponen adquiridas.

Es importante que el/la estudiante informe, de estas cuestiones, puntualmente, al Profesor/a Tutor/a de la asignatura de su Centro Asociado.

Para estudiantes que realicen sus prácticas en centros que trabajan con menores:

La Ley que regula la protección Judicial del Menor (Ley Orgánica 1/1996, modificada por la Ley 26/2015 de 28 de julio) dispone que será requisito para el ejercicio de actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Con el fin de dar cumplimiento a esta normativa, y para demostrar la ausencia de antecedentes, es necesario disponer de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales (RD 1110/ 2015 del 11 de diciembre).

Para cumplir con la normativa, la UNED en el marco de la Administración electrónica, consultará dicha información en las bases de datos del Ministerio. Si el/la estudiante en la matrícula desautoriza a la UNED a realizar dicho trámite o, una vez hecha la consulta, no cumple con los requisitos normativos, no podrá realizar prácticas en un centro donde tenga contacto habitual con menores.

En el caso de que cumpla los requisitos y se le asigne un centro de prácticas que atienda habitualmente a  menores, el/la estudiante deberá obtener dicha certificación directamente de la Administración de Justicia (https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramite?k=solicitud-certificado-delitos-naturaleza-sexual) y entregarla en la entidad de prácticas.

Los/las estudiantes de origen extranjero o que tuvieran otra nacionalidad, deberán aportar, además, certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales (art. 9.3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales).

El/la estudiante es responsable de entregar esta documentación al profesorado tutor que le corresponda y a la persona responsable de tutorizar su periodo de prácticas en la entidad.