En el Máster de Secundaria, a la hora de establecer las condiciones de acceso, se ha tenido en cuenta el artículo 17 del Real Decreto 1393/2007: Los estudiantes podrán ser admitidos a un Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, sean propios del título de Máster Universitario o establezca la universidad. Estos sistemas y procedimientos deberán incluir, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
En el supuesto de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas en cada Centro Asociado y Especalidad, el procedimiento de acceso y selección de estudiantes se hará siguiendo los siguientes criterios:
1. Nota media del expediente académico
2. Título de Doctor/a: 1 punto
3. DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos
4. Máster Oficial: 0,5
5. Haber obtenido el Título que da acceso al Máster en la modalidad de enseñanza a distancia: 1 punto
En los Certificados Académicos de la Titulación que dé acceso al Máster deberá constar la nota media del expediente.