Solamente podrán acceder a este Posgrado los estudiantes que hayan obtenido la licenciatura en Psicología o el grado de esta misma disciplina. La orden ECD/1070/2013 que regula este Máster señala (en el apartado c) como "requisito necesario para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria, la posesión del Título de Licenciado/Graduado en Psicología, unido, en su caso, a una formación complementaria que garantice que el interesado ha obtenido, al menos, 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario".
De acuerdo con la orden ECD/1070/2013 los criterios empleados para validar los 90 créditos sanitarios previos a la realización del Máster serán los siguientes
Para los Graduados en Psicología, se validarán como créditos sanitarios los correspondientes a:
Materias de formación básica adscritas a la Rama de Ciencias de la Salud
Materias vinculadas a las áreas docentes de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos y de Psicobiología
Itinerarios, Menciones o materias optativas cualificadas por su vinculación a la Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
Trabajo Fin de Grado y Prácticas Externas realizado en el ámbito de la Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
Para los Licenciados en Psicología, se validarán como créditos sanitarios los correspondientes a:
Materias vinculadas a las áreas docentes de Personalidad, Evaluación y Tratamiento Psicológicos y de Psicobiología
Especialidades, itinerarios, opciones intracurriculares o materias optativas de Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria.
Practicum realizado en el ámbito de la Psicología Clínica, Psicología de la Salud o Psicología Sanitaria. Los estudiantes que no hayan superado los 90 créditos sanitarios previos a la realización del Máster no serán admitidos en el programa.