En el Máster de Acceso a la Abogacía, a la hora de establecer las condiciones de acceso, se ha tenido en cuenta el artículo 17 del Real Decreto 1393/2007; Los estudiantes podrán ser admitidos a un Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos, en su caso, sean propios del título de Máster Universitario o establezca la Universidad. Estos sistemas y procedimientos deberán incluir, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
En el supuesto de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, el procedimiento de acceso y selección de estudiantes se hará siguiendo los siguientes criterios:
1.- Nota media del expediente académico
2.- Título de Doctor/a: 1 punto
3.- DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos
4.- Master oficial 0,5 puntos
5.- Haber obtenido el Título que da acceso al Máster en la modalidad de enseñanza a distancia: 1 punto.
En los Certificados Académicos de la Titulación que da acceso al Máster deberá constar la nota media del expediente.