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MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA PROCURA

Course 2020-2021 / FACULTAD DE DERECHO

MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA PROCURA

PRACTICES

ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS

De conformidad con lo dispuesto en el art. 5.4 del Real Decreto 775/2011, la UNED ha acordado la colaboración institucional prevista en dicho artículo con el Consejo General de Procuradores de España.

Según lo establecido en la cláusula VII del Convenio suscrito entre la UNED y el Consejo General de los Procuradores de España, el día 19 de enero de 2012, este último garantizará el cumplimiento de los requisitos del periodo de prácticas establecidos en dicho Reglamento para todos los estudiantes matriculados en el Máster.

El Consejo General de los Procuradores cuenta al efecto con una estrecha relación con los Colegios de Procuradores de todas las provincias de España, que están ya estableciendo contactos con los despachos de procuradores de la zona, así como con otras instituciones públicas y privadas. El Consejo elegira los Procuradores y se lo comunicara a la Escuela de Practica Juridica quein se pondrá en contacto con ellos para comunicarles su nombramiento y remitirle la documentación correspondiente. Al mismo tiempo la Escuela comunicara al estudiante el nombre de su tutor.

En todo caso, se respetará la regulación establecida en el Estatuto General de los Procuradores de España de acuerdo con el artículo 6.2 de la Ley 34/06, de 30 de Octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, estableciéndose el número máximo de tres alumnos por tutor.

El Consejo General de Procuradores de España impondrá a los tutores elegidos el deber de presentar a la Comisión Académica la programación de las actividades prácticas, el método de evaluación y la calificación de las prácticas a impartir y un informe por alumno acerca de la correcta realización de las mismas y de la calificación obtenida.

La Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho de la UNED velará por la efectiva realización, por la calidad de los lugares donde se realicen las prácticas, y llevará a cabo -al término de cada período de prácticas- un procedimiento de evaluación del resultado de las mismas, a partir de las memorias que redactarán y entregarán a la citada Escuela los tutores y los estudiantes.

Asimismo, a través de la realización de diversos cursos, la Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho de la UNED formará a los profesionales que vayan a participar como tutores en el Máster y realizará un procedimiento de evaluación y acreditación de los mismos.

Las prácticas consistirán en la aplicación práctica de todos los contenidos del Máster en una situación real de ejercicio profesional. En particular, conocimiento de la organización y funcionamiento del despacho profesional, cuestiones deontológicas y de responsabilidad. El contenido específico, es decir, el tipo de actuaciones profesionales en las que intervendrá el estudiante dependerá de los asuntos gestionados por el despacho en el periodo que se realicen las prácticas. En todo caso, exigirá su inserción en la dinámica del trabajo del puesto de destino; asunción del clima laboral de la entidad y del rol asignado; discusión con el tutor externo de las actividades encomendadas y de la forma de desarrollarlas; consulta con el Tutor de la Universidad sobre preparación y estudio de los casos planteados.

El Consejo General de la Procura, designará  a procuradores o procuradoras que hayan ejercido la profesión durante al menos cinco añosLas reclamaciones o sustituciones de tutores serán dirigidas a la Escuela de Práctica Jurídica, que resolverá sobre su procedencia previo informe del tutor . Si procede la sustitución se lo comunicará al Consejo para que designa un nuevo Tutor.

Lugares donde se desarrollará la práctica.

De acuerdo con el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Acceso, las prácticas podrán desarrollarse total o parcialmente, en despachos profesionales, juzgados o tribunales, fiscalías, etc.

 A tal fin, se aprovecharán los convenios de colaboración en programas de prácticas existentes entre la UNED y el Consejo General de la Procura, Colegios de Procuradores y otras instituciones, así como los que promueva la Comisión de Coordinación Académica.

Evaluación.

A) Memoria de prácticas. Tras la conclusión del período de prácticas el estudiante deberá presentar a su tutor una Memoria de Prácticas con el siguiente contenido:

  1. Contexto de las prácticas e identificación de los lugares en los que se ha desarrollado.

  2. Enumeración de tareas y actividades específicas desarrolladas por el estudiante y breve descripción.

  3. Exposición de los problemas jurídicos más relevantes que ha abordado y de sus líneas de solución.

  4. Valoración personal de la experiencia para su formación y correspondencia con los contenidos del Máster.

  5. Anexo documental, en su caso, de elaboración propia (escritos y documentos creados por el estudiante).

B) Formato de la Memoria de Prácticas: Extensión máxima de 20 páginas, teniendo en cuenta el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

C) Procedimiento de evaluación:

El estudiante entregará a su tutor de prácticas la Memoria junto con su propia evaluación en el plazo de veinte días tras la finalización de las prácticas.

El tutor deberá elaborar un informe sobre la actividad del alumno, así como una evaluación global de la misma. Esta evaluación, que no será numérica, se dará traslado al Director del equipo de tutoría. A la vista de la anterior documentación, el equipo evaluará y dará la calificación final de la materia, entre 0 y 10 puntos. La calificación será remitida al Coordinador del Máster.

En la evaluación se atenderá especialmente a la adquisición de las competencias más ligadas al desempeño directo de la actividad profesional de la Procura en algunas de sus facetas o dimensiones. Por ello, el tutor deberá detallar el grado en que se han asumido las competencias, en particular las específicas del título.

Apoyo en la realización de prácticas externas

Conforme al artículo 6 de la Ley 34/2006 de 30 de octubre y artículos 14 y 15 del Reglamento 775/2011 del 3 de junio. En cada Centro Asociado existirá un Tutor que coordinará las prácticas en los lugares de realización de las mismas conforme a los convenios que la UNED ha suscrito con el Consejo General de la Procura y los distintos Colegios Profesionales, Despachos y otras entidades públicas y privadas.

Estas prácticas tendrán los siguientes objetivos:

  • Enfrentarse a problemas deontológicos profesionales

  • Familiarizarse con el funcionamiento y la problemática de Instituciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de procurador.

  • Conocer la actividad de otros operadores jurídicos, así como de profesionales relacionados con el ejercicio de su profesión.

  • Recibir información actualizada sobre el desarrollo de la carrera profesional y las posibles líneas de actividad, así como acerca de los instrumentos para su gestión.

  • En general, desarrollar las competencias y habilidades necesarias para el ejercicio de la profesión de procurador.

Lugares de realización de las prácticas.

Tal y como indica el artículo 15 del Real Decreto 775/2011, del 3 de junio, los lugares de realización de las prácticas serán Juzgados o Tribunales, Fiscalías, sociedades o despachos profesionales de procuradores, departamentos jurídicos o de recursos humanos de las Administraciones Públicas, instituciones oficiales o empresas.

Siempre que las prácticas consistan en actividades propias de la procura, una parte de ellas podrán ser desarrolladas en establecimiento policiales o centros penitenciarios, y en general entidades que desarrollen actividades de interés general, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la ley 6/1996 de 15 de Enero, del Voluntariado y que estén formalmente reconocidos ante la autoridad nacional o autonómica competente.