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MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: ESPECIAL REFERENCIA A LA MEDIACIÓN Y ARBITRAJE

Curso 2017/2018 / Cod.26609091

MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: ESPECIAL REFERENCIA A LA MEDIACIÓN Y ARBITRAJE

PRESENTACIÓN

La asignatura Métodos alternativos de resolución de conflictos: Mediación y Arbitraje se compone de 5 créditos ECTS y será impartida, en el Segundo Cuatrimestre del Curso, por profesores pertenecientes a los Departamentos de Derecho Civil y Derecho Mercantil de la UNED.

Los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos (Alternative Dispute Resolutions o ADR) tienen su origen en el derecho anglosajón. En el año 1906, en el ámbito del Congreso Anual de la American Bar Association, el profesor Nathan Roscoe Pound presentó una ponencia bajo el título  "The Causes of Popular Dissatisfaction with the Administration of Justice", en la que ponía en evidencia la falta de adecuación del sistema jurisdiccional para ofrecer respuestas a un gran número de conflictos.

Los métodos alternativos de resolución de conflictos deben ocupar, necesariamente, un lugar relevante en todo proceso de reforma y modernización de la Justicia de cualquier sistema jurídico. Haciendo uso de alguno de estos métodos se puede evitar una larga y costosa – en dinero y emociones – batalla judicial. La necesidad de estos instrumentos hace que algunos tribunales, en diferentes lugares del planeta, exijan a las partes que antes de acudir al juez hagan uso de algunos de estos métodos.

Dos de los métodos de resolución extrajudicial de conflictos más usuales en la práctica son la mediación y el arbitraje. El objetivo de esta asignatura es el de aproximar al futuro Procurador de los Tribunales a instituciones con las que se podrá encontrar en su vida jurídica futura y en las que, incluso, puede llegar a ser sujeto activo de las mismas, bien como mediador, bien como árbitro, tal como veremos en el siguiente apartado de esta Guía Docente.

La mediación adquiere un especial protagonismo en España a raíz del Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles porque, aunque en el ámbito de las Comunidades Autónomas era ya un recurso posible, a nivel estatal no existía una ordenación general de la mediación en materias civiles y mercantiles.  Se pretende, por tanto, que el alumno de esta asignatura aborde no solamente una tarea de atenta lectura y aprehensión del contenido de esta norma sino que realice también una reflexión critica sobre los problemas y retos que puede presentar.

La Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje, supuso un avance cualitativo en la regulación de esta figura, estableciendo un nuevo marco para el arbitraje interno e internacional. Como es sabido, los principales logros de esta Ley fueron la formulación unitaria del arbitraje, el reconocimiento del arbitraje internacional, así como el aumento de la disponibilidad arbitral, y el apoyo judicial al arbitraje.

No obstante, y en línea de regulación de otros Estados de la UE, y con el claro objetivo de  impulsar el arbitraje como medio de resolución extrajudicial de conflictos, la Ley 11/2011, de 20 de mayo, realiza modificaciones puntuales sobre el arbitraje, que básicamente pueden reconducirse, en primer lugar, a una reasignación de las funciones judiciales en relación con el arbitraje; en segundo lugar, se regula el arbitraje estatutario en las sociedades de capital; en tercer lugar, se regulan las condiciones del arbitraje internacional, dando cabida en el nombramiento de los árbitros  un variado grupo de profesionales; en tercer lugar, y en el marco del procedimiento arbitral, se articula un nuevo sistema respecto al idioma del arbitraje, plazo y motivación del laudo, en aras del incremento de la seguridad jurídica; y, finalmente, en cuarto lugar, se ha dado cabida en la Ley a un procedimiento de carácter ordinario e institucional para resolver los conflictos internos entre la Administración General del Estado y sus Entes instrumentales.

En este marco jurídico, la asignatura que se presenta, “Métodos alternativos de resolución de conflictos”, pretende ofrecer al alumno – futuro procurador - una visión general sobre medios alternativos de resolución de conflictos, en la idea de que el papel que desempeña el mediador sigue siendo de vital importancia, en la medida que la solución a un conflicto no necesariamente va vinculada a los procedimientos judiciales. Desde esta perspectiva, se pretende abordar el estudio de  los métodos alternativos de resolución de conflictos desde el enfoque que ofrece el  Derecho Privado, lo que nos lleva a analizar el arbitraje en sectores destacados del Derecho Privado, arbitrajes que se configuran como sectoriales.

Entre éstos, destacan,  por una parte, los arbitrajes en materia de arrendamientos urbanos, en derecho de familia, en derecho de sucesiones, y el arbitraje de igualdad y no discriminación. Por otra parte, y desde la perspectiva propiamente mercantil, destacan los arbitrajes marítimo, concursal, societario, de propiedad intelectual y de transporte.