Aunque el interés por la Ética Pública y la Deontología en la historia no es nuevo, en los momentos actuales ha cobrado especial importancia en todos los campos profesionales. Ambas, Ética y Deontología, se encuentran íntimamente unidas. Carece de sentido una Deontología sin Ética, pues quedaría reducida a unas cuantas normas de conducta sin preguntarse por el sentido de las mismas. Por ello esta asignatura intenta vincular el estudio de la Ética con la Deontología. Entendemos que, dentro del MASTER UNIVERSITARIO “POLÍTICAS SOCIALES Y DEPENDENCIA”, y ateniéndose a las competencias establecidas en la normativa vigente, debía de tener cabida una asignatura destinada al estudio de la Ética, la Deontología Profesional y los Códigos Deontológicos, para que todos aquellos profesionales, de muy diversas especialidades, que participan en la gestión de las políticas sociales y que cumplen un papel trascendental en el ejercicio de las mismas, especialmente de la Dependencia, puedan conocer y practicar las normas de conducta éticamente exigibles a la especialidad de su trabajo en el campo social.
Por todo ello hemos elaborado un programa en el que se abordan las principales cuestiones que hoy tiene planteadas la Ética y la Deontología Profesional, enfocadas desde las conductas positivas, con una consideración especial a los Códigos Deontológicos de los servidores públicos.
Con nuestra contribución en los estudios del Master intentamos acercar al estudiante al concepto de Ética, relacionándolo con el Derecho y analizando los principios generales de la Deontología, exponiendo qué se entiendo por Deontología Profesional y su posible Codificación.
Todo ello pretendemos hacerlo mediante el desarrollo de los contenidos del programa de la asignatura y de las actividades programadas que nos lleven a favorecer y conseguir las competencias exigibles que serán enumeradas más adelante.
El programa de la asignatura “Ética, Deontológica Profesional y Códigos Deontológicos” se inserta en esta “Guía de Estudio” que ha sido diseñada con el propósito fundamental de proporcionar a los profesionales algunas orientaciones, que puedan constituir una base sólida para comportamientos, no sólo jurídicos sino también éticos y deontológicos. Se trata por tanto de algo más que una asignatura meramente teórica, pues la intencionalidad de la misma va mucho más allá: Pretende orientar los comportamientos de los profesionales en el ejercicio de su profesión. Por ello, el propósito del equipo docente es incentivar el análisis y el conocimiento de la ética y la deontología, no sólo como un mero conocimiento de teorías sino como un instrumento moral y normativamente útil para el ejercicio profesional. Por consiguiente, esta disciplina será sin duda una herramienta auxiliar e instrumental, que viene a complementar las convicciones éticas e iluminar el conocimiento de las exigencias deontológico-profesionales de los servidores públicos en el ámbito de las políticas sociales.
La lectura atenta y completa de esta Guía antes de iniciar el ‘estudio’ propiamente dicho de la asignatura es, pues, importante para lograr una percepción inicial del sentido y la función que tiene dentro del proyecto global de formación de los profesionales. Por otra parte, será ciertamente de gran utilidad que los estudiantes relean el correspondiente apartado de la Guía siempre que su labor de aprendizaje se vea entorpecida por alguna duda de actitud, orientación o método.
Hoy son ya muchos los países, especialmente anglosajones, en los que existen Códigos deontológicos de las distintas profesiones, sistematizaciones de normas éticas que señalan, más allá del Derecho, pautas objetivas de conducta a los que ejercen una determinada actividad profesional.
Es cierto que, a la hora de abordar esta problemática, los enfoques más frecuentes han sido, casi siempre, de carácter negativo (acentuando el análisis de los comportamientos considerados negativos), pero desde esta asignatura consideramos más conveniente partir de una aproximación positiva implementando programas de ética que nos permitan explicar el buen comportamiento ético en los diferentes ámbitos profesionales.
Es, precisamente, de la premisa del servicio objetivo al interés del ciudadano en concreto, de donde pueden deducirse los parámetros y criterios a los que debe acomodarse la actuación de los trabajadores sociales. Desde la mencionada premisa de servicio a los ciudadanos es desde la que pueden, igualmente, deducirse normas deontológicas de actuación.
Conscientes de la trascendencia e importancia que tiene la regeneración de los comportamientos éticos (el cumplimiento ético de las responsabilidades y deberes de cada actividad) han sido los propios colectivos y asociaciones profesionales quienes han establecido normas de comportamiento, recogidas en muchos casos en los llamados códigos deontológicos profesionales. Actualmente son multitud de profesiones, con gran trascendencia social en el ámbito de la vida pública, las que cuentan con su propio código deontológico. En este sentido podemos hablar por ejemplo de códigos deontológicos de la profesión médica, códigos deontológicos de los abogados, códigos deontológicos de la profesión periodística, de los notarios, de los registradores, de los farmacéuticos, de los psicólogos, códigos deontológico de los trabajadores sociales, etc.
2. Relaciones con el resto de las materias del posgrado
Teniendo en cuenta que esta asignatura afecta a la práxis profesional, está relacionada y complementa todas las asignaturas del programa.