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Subject's code : 26601827
El presente Tema tiene por objeto el examen de algunos de los problemas derivados de una sociedad multicultural, como es la sociedad española, a los que se ha visto enfrentada la Administración. Es un hecho que desde mediados de los años 80 España deja de ser un país de emigración para pasar a ser un país de inmigración neto consolidado por la presencia de cerca de cinco millones de extranjeros establecidos legalmente y altas cifras de extranjeros ilegales. Se trata de un dato sociológico cuyo estudio afecta a todas las Ciencias Sociales y en particular ha planteado verdaderos retos al Derecho.
En efecto las autoridades españolas se han visto enfrentadas a una diversidad de supuestos que por estar vinculados de modo simultaneo con ordenamientos extranjeros, ponen en evidencia las divergencias e incluso las contradicciones entre el ordenamiento español y nuestro sistema de valores –expresado por los derechos fundamentales y sobre todo por los principios de dignidad, libertad e igualdad- con ordenamientos que parten de concepciones radicalmente diferentes, particularmente en el ámbito personal y familiar. Si atendemos a la naturaleza del conflicto de leyes en el ámbito personal y familiar, vamos a centrarnos un tipo de conflicto frecuente, caracterizado porque el conflicto internacional -por la vinculación de las persona con dos o más ordenamientos estatales- se ve involucrado con un conflicto interpersonal cada vez que el interesado profese además una confesión religiosa. De modo que si la vinculación de las situaciones privadas internacionales con dos o más ordenamientos jurídicos da lugar a un conflicto de leyes, la pluralidad cultural es susceptible de generar además los llamados conflictos de civilizaciones, tras los que late más que una radical oposición entre soluciones materiales, un conflicto entre laicidad y confesionalidad.
Esta asignatura tiene por objeto el estudio de las dificultades que éstos están planteando a la Administración. Retendremos en particular las que afectan a la Administración de Justicia, cada vez que los órganos judiciales y registrales se enfrentan con instituciones desconocidas e incluso prohibidas por nuestro ordenamiento (p.ej. repudio, poligamia), y condicionan la producción de efectos en el ámbito estrictamente jurídico y efectos sociales. También las que tienen que ver con la protección de menores como personas vulnerables.