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Subject's code : 2661504-
Las normas sustantivas son, sin duda, muy importantes en nuestro derecho tributario, pero cualquiera que deba o quiera afrontar la fiscalidad desde un punto de vista práctico no puede cometer el error de considerar las normas procedimentales como normas subordinadas o de segundo nivel, y ello porque resulta evidente que cualquier actuación que un obligado tributario pretenda realizar en aplicación de los tributos deberá materializarse a través de un procedimiento concreto y predeterminado en la norma, con las consecuencias que, de muy diverso tipo, pueden tener en la prosperabilidad del ejercicio de derechos y en la validez en el cumplimiento de las obligaciones el ajuste de dicha actuación a la norma procedimental.
La seguridad jurídica es esencial en cualquier sistema tributario y, para ello es preciso contar con un código o ley general que establezca la regulación básica tributaria que ha de servir de soporte normativo para todo el sistema fiscal y que establezca de una manera clara la regulación de las relaciones de los ciudadanos con las administraciones tributarias. Además ésta regulación debe responder a la realidad de un sistema tributario complejo, como es el español, en el que además de existir distintos niveles de administración, es tremendamente variable, debido al intenso uso de la política tributaria como instrumento de política fiscal y económica.
La seguridad jurídica no se consigue solo con un marco normativo adecuado, es indudable que la existencia de éste es un presupuesto necesario para ello, pero hace falta algo más: es imprescindible una relación de confianza entre la Administración y los obligados tributarios que reduzca controversias y litigios. Para ello, además de otras cuestiones ajenas a la asignatura que enlazarían con el ámbito de la sociología, es precisa la existencia de profesionales altamente cualificados que actúen como intermediarios entre la administración y el ciudadano. Todo esto es posible a partir de un marco regulador adecuado y unas normas claras y generales.
En el segundo bloque, se pretende describir la organización del área de Gestión tributaria en el ámbito de la Agencia Tributaria, y analizar las funciones que le atribuye la Ley General Tributaria y los reglamentos de desarrollo así como los procedimientos previstos para desarrollar dichas funciones.
Las funciones atribuidas a los órganos de Gestión pueden agruparse en dos grandes bloques: