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ÉTICA Y DEONTOLOGÍA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Curso 2021/2022/Subject's code26601812

ÉTICA Y DEONTOLOGÍA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

NAME SUBJECT ÉTICA Y DEONTOLOGÍA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
CODE 26601812
SESSION 2021/2022
DEGREE IN WHICH IT IS OFFERED MÁSTER UNIVERSITARIO EN INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN LA SOCIEDAD
TYPE CONTENIDOS
ECTS 4
HOURS 100.0
PERIOD SEMESTRE  1
OFFER LANGUAGES CASTELLANO

PRESENTACIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN

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1. DATOS DEL CURSO

1.1. Ciclo: Postgrado

1.2.  Nombre  de la Asignatura: “Ética y Deontología de los  Servidores Públicos”.


1.3. Máster Universitario en Intervención  de la Administración en la Sociedad

 

 

2. DATOS DEL EQUIPO DOCENTE


2.1. Nombre: Mercedes Gómez Adanero

2.2. Departamento: FILOSOFÍA JURÍDICA  (UNED)


2.3. Dirección: Calle Obispo Trejo Nº 2. Madrid 28240.  Despacho: 3.33


2.4. Teléfono: 913986148 .   Email: mgomezad@der.uned.es

 

3. PRESENTACIÓN DE LA ASIGNATURA

Aunque el interés por la Ética Pública y la Deontología en la historia no es nuevo, en los momentos actuales ha cobrado especial importancia en todos los campos profesionales. Ambas, Ética y Deontología, se encuentran íntimamente unidas. Carece de sentido una Deontología sin Ética, pues quedaría reducida a unas cuantas normas de conducta sin preguntarse por el sentido de las mismas. Por ello esta asignatura intenta vincular el estudio de la Ética con la Deontología. Entendemos  que, dentro del MASTER UNIVERSITARIO“INTERVENCIÓN  DE LA ADMINISTRACIÓN EN LA SOCIEDAD”y ateniéndose a las competencias establecidas en la normativa vigente, debía de tener cabida una asignatura destinada al estudio de la Ética y laDeontología de los servidores públicos, para que  todos aquellos profesionales (de la Administración  pública  que prestan servicios a la sociedad, desde muy diversas especialidades, puedan conocer y practicar las normas de conducta éticamente exigibles a la especialidad  de su trabajo en el  ámbito de la Administración pública.
Por todo ello hemos elaborado un programa en el que se abordan las principales cuestiones que hoy tiene planteadas la Ética  y la Deontología  Profesional, enfocadas desde las conductas positivas, con una consideración especial a los Códigos Deontológicos  de los servidores públicos.
Con nuestra contribución  en los estudios del Master  intentamos  acercar  al estudiante al concepto de Ética, relacionándolo con el Derecho y analizando los principios generales de la  Deontología,exponiendo qué se entiendo por Deontología Profesional y su posible Codificación.
Todo ello pretendemos hacerlo   mediante el desarrollo de los contenidos del programa de la asignatura y de las actividades programadas que nos lleven a favorecer y conseguir las competencias  exigibles que serán enumeradas más adelante.
El programa de la asignatura  “Ética y Deontológica de los servidores públicos” se inserta en esta “Guía de Estudio” que ha sido diseñada con el propósito fundamental de proporcionar a los  estudiantes algunas orientaciones, que puedan constituir una base sólida para  comportamientos,  no sólo jurídicos sino también éticos y deontológicos. Se trata por tanto de algo más que una asignatura meramente teórica, pues la intencionalidad de la misma va mucho más allá: Pretende orientar los comportamientos de los profesionales en el ejercicio del servicio público. Por ello,  el propósito del  equipo docente es incentivar el análisis y el conocimiento de la ética y la deontología, no sólo como un mero conocimiento  de teorías  sino como un instrumento moral y normativamente  útil para el ejercicio profesional. Por consiguiente, esta disciplina  será sin duda una herramienta auxiliar e instrumental, que viene a complementar las convicciones éticas e iluminar el conocimiento de las exigencias deontológico-profesionales de los servidores públicos en el ámbito de la Administración.
La lectura atenta y completa de esta Guía antes de iniciar el ‘estudio’ propiamente dicho de la asignatura es, pues, importante para lograr una percepción inicial del sentido y la función que  tiene  dentro del proyecto global de formación de los profesionales. Por otra parte, será ciertamente de gran utilidad que los estudiantes relean el correspondiente apartado de la Guía siempre que su labor de aprendizaje se vea entorpecida por alguna duda de actitud, orientación o método.

 

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Hoy son ya muchos los países, especialmente anglosajones, en los que existen Códigos deontológicos de las distintas profesiones, sistematizaciones de normas éticas que señalan, más allá del Derecho, pautas objetivas de conducta a los que ejercen una determinada actividad profesional.
Es obvio que, en la actualidad, la promoción ética del servicio público es, sin duda, una de las principales tareas que debe afrontar un Máster de carácter Profesión. Pero no es menos cierto que el distanciamiento existente en algunos profesionales y los ciudadanos refleja una realidad de nuestro tiempo que sólo puede superarse a partir del conocimiento y la puesta en práctica de las normas de ética profesional y un mayor acercamiento de determinadas profesiones al ciudadano medio.Por ello es importante promover una exigencia de los valores éticos y de la praxis de las virtudes morales del servicio profesional. Tal esfuerzo será, cuando menos, un buen ejercicio de higiene democrática.
Es cierto que,a la hora de abordar esta problemática, los enfoques más frecuentes han sido, casi siempre, de carácter negativo (acentuando el análisis de los comportamientos considerados negativos), pero desde esta asignatura consideramos más conveniente partir de una aproximación positiva implementando programas de ética que nos permitan explicar el buen comportamiento ético en los diferentes ámbitos profesionales.
Es, precisamente, de la premisa del servicio objetivo al interés del ciudadano en concreto, de donde pueden deducirse los parámetros y criterios a los que debe acomodarse la actuación de los trabajadores  de la Administración Pública. Desde la mencionada premisa de servicio a los ciudadanos es desde la que pueden, igualmente, deducirse normas deontológicas de actuación.
 Conscientes de la trascendencia e importancia que  tiene la regeneración de los comportamientos éticos (el cumplimiento ético de las responsabilidades  y deberes  de cada actividad) han sido los propios colectivos y asociaciones profesionales  quienes han establecido normas de comportamiento, recogidas en muchos casos  en los llamados códigos deontológicos profesionales. Actualmente son multitud de profesiones, con gran trascendencia social en el ámbito de la vida pública, las  que cuentan con su propio código deontológico. En este sentido podemos hablar por ejemplo de códigos deontológicos de la profesión médica,  códigos deontológicos de los abogados,  códigos deontológicos de la profesión periodística, de los notarios, de los registradores, de los farmacéuticos, de los psicólogos, códigos deontológico de los trabajadores sociales etc. etc.
 A este respecto es importante constatar sin embargo que, a pesar de la existencia de  un buen número de códigos deontológicos, que regulan,   en cada caso, la conducta ética  de las diferentes profesiones, tanto públicas como privadas, el estudio de estas normas deontológicas no se ha plasmado  en disciplinas de ética profesional incorporadas a los «currícula» de las diferentes especialidades de los estudios universitarios  o de enseñanza profesional.  Baste un ejemplo: El plan de estudios de 1953 de la carrera de Derecho, vigente  hasta el año 2000 en la mayoría de las universidades españolas y en algunas hasta  hace un par de años,  carecía de una disciplina  en la que se estudiara la ética profesional. Y en los nuevos planes de estudio surgidos en esos años tampoco se introdujeron semejantes estudios, o de hacerlo tenían un carácter meramente optativo.  Esa carencia sigue  vigente en los nuevos Grados del  Espacio Europeo (plan Bolonia). Todavía hoy son muchas las Universidades y/o Facultades de Derecho, que carecen, en sus planes de estudio, de disciplinas  que afectarán trascendentalmente  a la calidad ética de sus comportamientos. Y lo mismo sucede en los «curricula» académicos de otras muchas especialidades universitarias.
 El estudio de las diferentes normas de deontología profesional sigue siendo por tanto, una asignatura pendiente en nuestras universidades. En mi opinión se trata de una carencia  grave pues una disciplina de  Ética o Deontología  Profesional debería formar parte del «curriculum» académico de todos los estudios universitarios o profesionales.
 Y su contenido debería estar presente en todos los programas de oposiciones o la formación  de las fuerzas de seguridad del Estado  (policía, guardia civil, militares); debería estar presente también  en las oposiciones y en la formación de las  profesiones jurídicas  como jueces, notarios, registradores, abogados, fiscales y en la formación y oposiciones de otras muchas profesiones,  no menos importantes como la medicina, la arquitectura, el periodismo, la psicología etc.
 Lo cierto es que  la desmoralización a la que asistimos  en muchos sectores de la sociedad actual demanda, cada  vez más, una formación ética de todos los profesionales, comenzando por una educación en valores y derechos humanos, una formación y concienciación de los derechos y los deberes, del respeto, la tolerancia y el diálogo.

 Es precisamente en este contexto  en el que debemos celebrar la oportunidad que tendrán todos los que, de algún modo, participen  en la programación o la praxis de las políticas sociales y se matriculen en este Master, de encontrarse con una disciplina de Deontología Profesional que ilumine el comportamiento ético de los profesionales  para que todos sepan comportarse y actúen con honestidad personaly con justicia y respeto a todos los ciudadanos

 Objetivos: Por todo ello, en el contexto que acabamos de exponer, esta asignatura pretende  que, de conformidad con las competencias que deben  garantizarse en el curso de formación, el alumno conozca y sepa aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales que informan las relaciones de cada profesión con  los clientes o receptores de su actividad, con las otras partes del procedimiento que puedan intervenir en caso de conflicto, con los órganos judiciales y autoridades públicas, con sus compañeros y demás profesionales, así como conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de su actividad profesional.