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Subject's code : 2661215-
El primer paso para comprender los derechos de los extranjeros en España debe partir de la normativa sobre derechos humanos. El estudio de esta cuestión se enmarca en el derecho internacional de los derechos humanos y en el ámbito de los derechos reconocidos en la Constitución española de 1978. Respecto de la CE cabe apuntar que establece el marco de configuración legal y los parámetros hermenéuticos de la reglamentación relativa a los derechos de que gozan los extranjeros en España.
Así, el artículo 13.1 CE dispone que “los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente título en los términos que establezcan los tratados y la ley”. Por su parte, el artículo 10.2 CE fija el parámetro interpretativo de las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que reconoce la Constitución, al señalar que “se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España”.
La consecuencia que se deriva del art. 13.1 CE, tal y como ha sido interpretado por el Tribunal Constitucional (TC), es una orientación paulatina hacia la equiparación de los derechos de nacionales y extranjeros perfilando el margen de actuación del legislador que la misma norma reclama.
Junto a lo anterior, hablamos del estatuto jurídico de los extranjeros en España y las normas configuradoras del mismo. Estas normas se encuentran en la legislación de extranjería principalmente. En España disponemos de dos regímenes jurídicos básicos en función de si el extranjero es nacional de un Estados miembro de la Unión Europea (régimen comunitario regulado en el RD. 240/2007) o es nacional de un tercer país (régimen general regulado en la LO 4/200 y el RD 577/2011.
En este Bloque 1 examinamos solo algunas cuestiones concretas del régimen jurídico de los extranjeros especialmente vinculadas con la protección y la integración. Por ejemplo, la reagrupación familiar, las situaciones de arraigo, la protección de los menores no acompañados o las autorizaciones excepcionales para los supuestos de víctimas de violencia de género. Se trata de aspectos jurídicos especializados a los que en ocasiones se enfrentan los trabajadores sociales.
Contextualizado de este modo el objetivo de este primer bloque, el alumno tendrá las herramientas necesarias para comprender el alcance de los derechos y libertades de los extranjeros en España a la luz de la jurisprudencia del TC y algunos aspectos jurídicos de la normativa de desarrollo que favorecen la integración de los extranjeros en España.
En los últimos años, los flujos migratorios han experimentado un aumento significativo y con esto, los retos para la integración de las personas inmigrantes. El proceso migratorio suele ser largo, y abarca desde el momento en que se empieza a considerar la posibilidad de iniciar el viaje, hasta el momento en que se llega al destino deseado. En ocasiones, no hay un final y se produce un tránsito entre diferentes lugares en función de las oportunidades que cada uno de ellos ofrece a las personas inmigrantes. Además, es un proceso difícil en el que se pueden vivir situaciones de necesidad y estrés, que se ve agravado cuando no hay un sistema de protección legal y social que mitigue el impacto.
Los efectos del proceso migratorio son múltiples y diversos, así como la capacidad de cada persona para hacer frente a las situaciones que se presentan. La llegada a un nuevo país y la búsqueda de alternativas para poder desarrollar una vida digna puede convertirse también en un factor de vulnerabilidad que genera nuevos focos de inestabilidad y tensión que aumentan la posibilidad de exclusión social. Por ello, desde el Trabajo Social, se plantea una intervención ajustada a las características y necesidades de cada persona, familia o grupo, donde se tengan en cuenta las pérdidas que han vivido, las características que presentan, su situación particular, y los recursos con los que cuentan.