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Subject's code : 26615092
El derecho de fundación para fines de interés general es un derecho constitucionalmente protegido, tal y como recoge el artículo 34 de nuestra Carta Magna. Al hilo del amparo constitucional, durante los últimos 30 años, se ha ido constituido un tejido fundacional de gran importancia a nivel económico y social en España. Su relevancia se refleja en el número de organizaciones que lo componen, en las necesidades sociales que satisfacen, en el número de beneficiarios a los que atienden y en el empleo directo e indirecto que genera.
Al hilo de lo anterior, el legislador español ha querido dotar a las entidades sin ánimo de lucro de un tratamiento fiscal y contable específico y más favorable en reglas generales que el del resto de obligados tributarios.
Es por ello, que resulta de interés conocer la importancia y el régimen jurídico específico de las entidades sin ánimo de lucro y, en concreto, el régimen tributario específico del que disfrutan en cada uno de los impuestos por los que pueden ser objeto de tributación.
1. Concepto y régimen jurídico de las entidades sin fines lucrativos
2. Elementos fundamentales de las entidades sin ánimo de lucro
3. La diferente tipología de las entidades que operan en el tercer sector
4. Especialidades en materia contable
1. Cuestiones generales
2. Requisitos de acceso a los beneficios
1. El régimen previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
A) Hecho imponible
B) Exenciones
C) La determinación de la base imponible
D) El tipo de gravamen
E) Obligaciones formales
2. El Régimen de exención parcial
A) Exenciones
B) La determinación de la base imponible
C) El tipo de gravamen
D) Obligaciones formales
1. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles
2. El impuesto sobre Actividades Económicas
3. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
1. Entidades beneficiarias del mecenazgo
2. Régimen fiscal de las donaciones y aportaciones
3. Obligaciones Formales