En un curso patrocinado por la Direcció Insular de Patrimoni Històric
Centro de Restauración y Arqueología de Son Rossignol
El Magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, Fernando Socias, expuso la ponencia Tráfico ilegal de bienes culturales. El objeto de la misma lo ha constituido el análisis de las consecuencias jurídicas del tráfico ilegal de los bienes culturales desde la perspectiva del discutido derecho de propiedad sobre el bien cultural sustraído al legítimo propietario y que aparece en poder de tercero de "buena fe".
Ponentes de la mesa redonda
Socias expuso que los bienes culturales están sometidos con mayor frecuencia al tráfico internacional, ya que dicho tráfico dificulta la protección por parte de los estados de origen del bien o del legítimo propietario inicial.
Se han analizado los requisitos para determinar en qué condiciones la exportación de bienes culturales es legal para luego analizar las consecuencias del ilegal que, al margen de las sanciones administrativas o penales, generan el conflicto de determinar la titularidad del bien que aflora en el extranjero y en poder de un tercero. La Ley de Patrimonio Histórico Español ofrece algunos mecanismos de solución priorizando la competencia del Estado en la defensa del patrimonio cultural. Las normas de conflicto del derecho internacional determinan una pluralidad de soluciones dependiendo del Estado que haya de resolver el conflicto y el Derecho aplicable al mismo, lo que produce unos efectos indeseables que sólo los Convenios Internacionales pueden solucionar.
En la mesa se han analizado los diversos Tratados y Convenios internacionales que regulan la cuestión (Convenio de París de 1970; Convenio UNIDROIT Roma 1995) y los más recientes de carácter sectorial (Convención UNESCO sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de 2001). La ausencia de una ratificación generalizada por parte de los Estados a tales Convenios, limita su eficacia.