Aspectos formales
La Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes (BOE del 26 de marzo), en su artículo 20 establece que “corresponde a la Universidad la titularidad de las invenciones realizadas por el profesor como consecuencia de su función investigadora en la Universidad y que pertenezcan al ámbito de sus funciones docente e investigadora, sin prejuicio de lo establecido en el art. 11 de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria” (ahora, art.83 de la LOU).
Económicamente la UNED, al igual que las otras universidades, establece las condiciones de distribución de los beneficios obtenidos por explotación de derechos de propiedad industrial o intelectual. Recientemente la UNED ha iniciado la actualización de estas condiciones a fin de favorecer a los autores. La propuesta fue aprobada por el Consejo de Gobierno celebrado el día cuatro de mayo de dos mil once, estableciendo que corresponderá a los autores el 70% de los beneficios generados por la venta de licencias, quedando el 30% restante para la UNED. En la normativa anterior la proporción para los autores era del 50%.