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Estudios de Doctorado

(Real Decreto 99/2011)


Definición

Se entiende por DOCTORADO el tercer ciclo de estudios universitarios oficiales, conducente a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad.


Organización y Gestión

La Escuela de Doctorado de la UNED es el centro académico encargado de la organización y gestión de los estudios de Doctorado.


Estructura

Los estudios de doctorado se organizarán a través de programas, en la forma que determinen los estatutos de la universidad y de acuerdo con los criterios establecidos en el RD 99/2011 y en el Reglamento de la UNED. Dichos estudios finalizarán en todo caso con la elaboración y defensa de una tesis doctoral que incorpore resultados originales de investigación.


Requisitos Generales de Acceso a Doctorado

Requisitos generales y vías de acceso: titulación previa

Admisión y Selección: Requisitos Específicos y Criterios Adicionales

La Universidad, a través de las Comisiones Académicas de los programas de doctorado, podrá establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión a los mismos. La admisión a los Programas de Doctorado, podrá incluir la exigencia de Complementos de Formación Específicos. Dichos complementos de formación específica tendrán, a efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, la consideración de formación de nivel de doctorado y su desarrollo no computará a efectos del límite establecido para la duración máxima de los estudios.

Programas Ofertados y Guías Informativas

Duración de los estudios

La duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años, A TIEMPO COMPLETO, a contar desde la admisión del doctorando al programa hasta la presentación de la tesis doctoral.


No obstante lo anterior, y previa autorización de la comisión académica responsable del programa, podrán realizarse estudios de doctorado A TIEMPO PARCIAL. En este caso tales estudios podrán tener una duración máxima de cinco años desde la admisión al programa hasta la presentación de la tesis doctoral.


PRÓRROGAS: Si transcurrido el citado plazo de tres años, en la modalidad de a tiempo completo, no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la comisión responsable del programa podrá autorizar la prórroga de este plazo por un año más, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional, en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado. En el caso de estudios a tiempo parcial la prórroga podrá autorizarse por dos años más que, asimismo, excepcionalmente, podría ampliarse por otro año adicional.


A los efectos del cómputo del periodo anterior no se tendrán en cuenta las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente.


Asimismo, el doctorando podrá solicitar su BAJA TEMPORAL en el programa por un período máximo de un año, ampliable hasta un año más. Dicha solicitud deberá ser dirigida y justificada ante la comisión académica responsable del programa, que se pronunciará sobre la procedencia de acceder a lo solicitado por el doctorando.


Regulación Estatal

El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, tiene por objeto regular la organización de los estudios de doctorado correspondientes al tercer ciclo de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención del título de Doctor o Doctora, que tendrá carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.


Novedades principales: establece una regulación de los estudios de doctorado que propicia una distinción más clara entre el segundo ciclo de estudios universitarios, de Máster, y el tercer ciclo, de Doctorado - creación de Escuelas de Doctorado - establecimiento de las Comisiones Académicas de los programas de doctorado y de la figura del Coordinador del programa - introducción del Documento de Actividades del Doctorando previendo un régimen de supervisión y seguimiento del mismo - establecimiento de un plazo máximo de duración de los estudios de doctorado con la posibilidad de dedicación a tiempo completo y a tiempo parcial - previsión de que los tribunales encargados de evaluar las tesis doctorales estén conformados en su mayoría por doctores externos a la Universidad - recoge aspectos relativos a la protección de datos confidenciales y garantías de eventuales patentes de los trabajos de investigación - establece la posiblidad de incluir en el titulo la mención de "Doctor Internacional".