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Normas de carácter general. Enseñanzas regladas

Procedimientos de admisión en los Grados
Titulaciones de acceso a los Grados
Requisitos acceso y admisión estudiantes sistemas extranjeros.
Acceso a la Universidad para mayores de 25, 40 y 45 años
Postgrados Oficiales (Másteres universitarios y Doctorado)
Solicitud de admisión y traslado de expediente
Matrícula
Matrículas gratuitas (Enseñanzas Regladas)
Becas y ayudas al estudio
Reconocimiento de créditos / convalidaciones
Convalidación y adaptación de estudios realizados en el extranjero
Régimen de convocatorias en la UNED
Exámenes extraordinarios fin de carrera
Superación de asignaturas por compensación
Adaptación para estudiantes con discapacidad
Consulta de Notas, Actas y Revisión de exámenes
Documentación, Entrega, Compulsas, Registro
Certificación de estudios
Títulos universitarios oficiales
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Normas de carácter general. Enseñanzas regladas.

Régimen de convocatorias.


  • Los estudiantes de esta Universidad disponen de un número máximo de seis convocatorias por asignatura (Real Decreto-Ley 8/1976, de 16 de junio). En la UNED, en atención a nuestros alumnos que en la mayoría de los casos compaginan sus obligaciones laborales o personales con sus estudios no se exige aprobar un mínimo de asignaturas durante el año.
  • Si el estudiante accede por traslado de expediente académico de otra Universidad y desde la Facultad/Escuela con la misma denominación de la que se matricula en la UNED, se computarán las convocatorias que hubiese agotado en la universidad de procedencia (Real Decreto-Ley 8/1976,de 16 de junio).
  • El estudiante, tanto de la UNED como de otra universidad, que tenga agotadas seis o más convocatorias en alguna/s asignatura/s, si va a continuar cursando la misma carrera, deberá solicitar convocatoria adicional (de gracia), antes del día 16 de octubre, mediante instancia dirigida al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Calidad.
  • A efectos de limitación de convocatorias, en esta Universidad únicamente se computan la de septiembre y la de los exámenes extraordinarios de fin de carrera a aquellos que se presenten a las mismas, por lo que no es necesaria la renuncia expresa en caso de no presentarse a examen. La convocatoria de junio (para las asignaturas anuales) y la de febrero o junio (para las asignaturas cuatrimestrales) tienen el valor de prueba presencial realizada durante el curso. Sin embargo, en las asignaturas sin docencia en planes a extinguir, a estos efectos, sí se computan la de junio y la de septiembre en caso de presentarse y no superarla.
  • En las pruebas de acceso para mayores de 25,40 y 45 años, no existe límite de convocatorias a las que el estudiante puede presentarse para superar la prueba o mejorar su calificación.


  • Consulte en la página de Normativa UNED Estudiantes las “Normas de permanencia en estudios conducentes a títulos oficiales de la UNED” Aprobadas por el Consejo de Gobierno el 28 de junio de 2011, modificadas parcialmente en 2014 y 2015.