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Jubilación Ordinaria

Requisitos:

a) Haber cumplido sesenta y siete años de edad, o sesenta y cinco años cuando se acrediten treinta y ocho años y seis meses de cotización, sin que se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente a las pagas extraordinarias.

Para el cómputo de los períodos de cotización se tomarán años y meses completos, sin que se equiparen a ellos las fracciones de los mismos.

b) Tener cubierto un período mínimo de cotización de quince años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. A efectos del cómputo de los años cotizados no se tendrá en cuenta la parte proporcional correspondiente a las pagas extraordinarias.

Las edades de jubilación y el período de cotización a que se refiere el apartado a) se aplicará de forma gradual, en los términos que se indican en la Disposición transitoria séptima del RDL 8/2015, de 30 de octubre.

PROCEDIMIENTO

Solicitud de la jubilación: La solicitud se realizará a través de la Sede Electrónica de la UNED, con una antelación mínima de dos meses.

Documentación a presentar: En el caso de no acreditar, con los servicios prestados en la UNED, el periodo mínimo de cotización, deberá presentar informe de la vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social

Órgano que resuelve: El Rector de la UNED. Por delegación la Gerencia y la Vicegerencia de Recursos Humanos y Organización.

Plazo de resolución: Dos meses.

Efectos del silencio: Estimatorio.

Notificaciones y traslados: A través de la Sede Electrónica de la UNED.

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