ADJUDICACIÓN DE MATRÍCULAS DE HONOR
De conformidad con el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y de conformidad con la NORMATIVA SOBRE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO EN LA UNED, aprobada por el Consejo de Gobierno de 7 de marzo de 2012 y modificada por el Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2012, 17 de diciembre de 2013 y 24 de abril de 2018, corresponde a la “Comisión del TFG” adjudicar las menciones a Matrícula de Honor;
Se establece el siguiente procedimiento para la adjudicación de las menciones a Matrículas de Honor:
En el caso de que el estudiante hubiera obtenido la calificación final de sobresaliente, el tutor académico del TFG o la Comisión evaluadora podrá proponer la mención de “Matrícula de Honor”. Esta propuesta, que podrá ser instada de oficio por el profesor o a instancia del alumno interesado, deberá remitirse a la Secretaría de la Coordinación del Grado correspondiente para su tramitación y posterior resolución por la Comisión del TFG.
La Comisión de TFG, a la vista de los informes recibidos, adjudicará las menciones, aplicando los criterios legales sobre la matrícula global de la asignatura y, en concreto, para no exceder del 5% de cupo de matrículas de honor. En caso de que las solicitudes de mención a Matrículas de Honor no alcancen el cupo del 5%, la Comisión del TFG se reserva el derecho a adjudicar de oficio las mismas.
- Requisitos previos: Calificación final de sobresaliente (9.5-10).
- Medio de presentación: Por correo electrónico a la Secretaría del Trabajo Fin de Grado del Grado o, en su defecto, al Coordinador del Grado correspondiente:
- Forma de presentación: Formulario de solicitud establecido al efecto:
- Plazo de presentación: 4 días naturales a contar desde la fecha de emisión de los listados.
Las solicitudes deberán ser motivadas.
- Plazo de resolución: Hasta la fecha de emisión de actas.
Contra la resolución de la adjudicación de la MH cabe recurso de revisión ante la comisión del TFG, conforme a la normativa aplicable publicada en la Web de la Facultad.