En el supuesto de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, el procedimiento de acceso y selección de estudiantes se hará siguiendo los siguientes criterios:
1.- Nota media del expediente académico
2.- Título de Doctor/a: 1 punto
3.- DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos
4.- Máster oficial: 0,5 puntos
5.- Haber obtenido el Título que da acceso al Máster en la modalidad de enseñanza a distancia: 1 punto.
En los Certificados Académicos de la Titulación que da acceso al Máster deberá constar la nota media del expediente. Si en la certificación académica que presenta no figura la nota media, su expediente será valorado con la nota de 5.
La Comisión de Coordinación del Máster también podrá dar preferencia a solicitantes que necesiten cursar el Máster frente a quienes estén o puedan estar colegiados sin necesidad de obtener el título profesional de abogado o abogada de acuerdo con la Ley de Acceso.
Se reservará en cada edición un 5 por 100 de las plazas disponibles para estudiantes con discapacidad.