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Procedimiento a seguir para tramitar las solicitudes de Jubilación Parcial del Personal Laboral de Administración y Servicios de la UNED

Normativa Vigente:

Acuerdo de la Comisión Paritaria sobre la adaptación del Anexo VIII del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios.
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. (Art. 215)
Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. (Art. 12)

Requisitos:

- Prestar servicios efectivos como personal laboral fijo a jornada completa.

- Acreditar un período de antigüedad en la UNED de, al menos, 6 años inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.

- Edad mínima a la fecha del hecho causante: la establecida en la disposición transitoria décima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con su artículo 215.

- Acreditar el período de cotización mínimo de treinta y tres años de cotizaciones efectivas, en los términos exigidos en la normativa de Seguridad Social, o bien veinticinco años en el supuesto de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento.

Para el año 2024: La edad mínima es de 62 años y 6 meses para aquellos trabajadores que tengan un periodo mínimo de cotización de 36 años o más, y a los 64 años con 33 años cotizados.

Para el año 2025: La edad mínima es de 62 años y 8 meses para aquellos trabajadores que tengan un periodo mínimo de cotización de 36 años y 3 meses o más, y a los 64 años y 4 meses con 33 años cotizados.

- Que la reducción de su jornada de trabajo se halle comprendida entre un mínimo de un 25 por ciento y un máximo del 50 por ciento.

PROCEDIMIENTO:

FASE 1: Aviso de jubilación parcial durante el año 2024: Los trabajadores o trabajadoras, que cumplan los requisitos, deberán manifestar su intención de jubilarse parcialmente durante el año 2024 cumplimentando el formulario habilitado y enviándolo a la Sección PAS Laboral, a través del registro electrónico, código unidad U02800251, antes del 15 de diciembre de 2023.

FASE 1: Aviso de jubilación parcial durante el año 2025: Los trabajadores o trabajadoras, que cumplan los requisitos, deberán manifestar su intención de jubilarse parcialmente durante el año 2025 cumplimentando el formulario habilitado y enviándolo a la Sección PAS Laboral, a través del registro electrónico, código unidad U02800251, antes del 15 de diciembre de 2024.

Formulario para manifestar intención de jubilación parcial.

FASE 2: Convocatoria para presentación solicitudes: El acceso a este tipo de jubilación está supeditado a la formalización de un contrato de relevo. En función de las manifestaciones recibidas en la fase anterior, se solicitará la correspondiente autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Con las autorizaciones de contrato de relevo recibidas la Universidad abrirá el plazo para la presentación de la solicitud de jubilación parcial, dicha solicitud se realizará por sede electrónica en el procedimiento establecido.

FASE 3: Resolución del proceso:

El acceso a la jubilación parcial dará lugar a una novación del contrato de trabajo, que pasará de ser un contrato a tiempo completo a serlo a tiempo parcial, con la consiguiente reducción de las horas de trabajo y retribuciones. Simultáneamente, se procederá a la contratación de una persona trabajadora relevista.