El órgano encargado de la admisión será la Comisión Coordinadora de Título de Máster, que es el responsable de la organización, supervisión y control de los resultados.
La Preinscripción es un procedimiento por el que los estudiantes seleccionan las asignaturas para las que solicitan matricularse. Todos los estudiantes, tanto los de nuevo ingreso, como los de continuación, deben realizar la preinscripción; aunque lo hacen con calendarios y plazos diferentes (ver información aquí).
Únicamente para las personas que soliciten ingresar en el Título como estudiantes nuevos la preinscripción significa, además, una solicitud de admisión. Solamente se valoran los méritos presentados de cada una de dichas solicitudes, en relación a las demás, para seleccionar los nuevos ingresos en el Máster.
Procedimiento de admisión (ingreso de nuevos estudiantes):
Para las personas que verifiquen el cumplimiento de los requisitos de acceso, enviarán escaneados —al tiempo que se preinscriben— los documentos acreditativos de su titulación, expediente académico, currículum vitae y aquellos otros que consideren pertinentes para avalar su solicitud. Sólo en caso de ser admitido, se le solicitará la acreditación académica debidamente cotejada o compulsada.
Aunque el número de estudiantes de nuevo ingreso está limitado a 100, los objetivos de calidad (establecidos por la Comisión de Coordinación y controlados mediante el Sistema de Garantía de Calidad del Título), referidos al plan de estudios y a los recursos para su impartición, determinan que el número total de matrículas (de estudiantes de nuevo ingreso más los de continuidad) esté limitado a 25 en cada asignatura. Si el número de solicitudes supera ese valor para alguna asignatura, se considera la admisión de los solicitantes, sólo en ella, comparando los méritos presentados según los criterios que se indican a continuación. Esto se aplica en cada asignatura cuya demanda supere el valor indicado (25) y, si el estudiante es admitido en 2 o más asignaturas que haya solicitado, está admitido en el Máster. Si el número de solicitudes es inferior a 25 en alguna asignatura, se admiten todas.
En las circunstancias indicadas anteriormente, la Comisión Coordinadora del Máster realizará la baremación de estas solicitudes teniendo en cuenta la titulación acreditada por el solicitante, su expediente académico, su currículum vitae detallado, y la certificación oficial de cursos u otros méritos que presente. Los criterios que la Comisión utiliza en la selección de las solicitudes, y para la admisión, son, aplicados según este orden:
El nivel de la titulación y la proximidad de dicha formación con la naturaleza del Título y la de las asignaturas solicitadas, según sus contenidos y su pertenecia a un Bloque u otro (adjuntar acreditación).
El expediente académico de esos estudios (adjuntar acreditación).
La experiencia profesional o investigadora en el ámbito de las asignaturas solicitadas (acreditar en el CV).
El interés del solicitante y la coherencia de la solicitud con su trayectoria académica y profesional o investigadora (incluir en el CV).
En el ‘Criterio 1’, el término ‘proximidad’ se interpreta a partir del programa de estudios de la titulación de origen en la solicitud, que se acredita para acceder a este Máster, en relación a los objetivos y competencias de este Título. En el caso de solicitantes cuya titulación de acceso procede de sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior (‘TÍTULOS EXTRANJEROS SIN HOMOLOGAR PREVIA AUTORIZACIÓN DEL RECTOR’), el coordinador del Título revisa el programa de esos estudios y los barema, equiparándolos a alguna de las categorías empleadas para el resto de las solicitudes, con los mismos criterios respecto a su proximidad este Título.
Con el fin de mejorar el perfil de ingreso y reducir al máximo la tasa de abandono, se prioriza la entrada al máster de alumnos con otros másteres, ingenierías superiores y licenciaturas de titulaciones afines a éste (Informática, en el ‘Criterio 1’) y primando los buenos expedientes académicos (‘Criterio 2’).
La selección consiste en valorar, en cada asignatura, todas las solicitudes y autorizar la matriculación en ella, o no, de cada solicitud. Como el procedimiento se realiza asignatura por asignatura, otra cuestión importante es que, para ser admitido en el Título, es imprescindible tener autorización para matricularse en un mínimo de 2 de las asignaturas de contenidos solicitadas.
De esta forma, el orden de preferencia en la titulación de acceso (‘Criterio 1’) es:
Ingeniería-Licenciatura en Informática y másteres afines.
Ingeniería Industrial, Ingeniería de Telecomunicaciones, Licenciatura en Matemáticas o Físicas con especialidades afines a la informática.
Grados en Informática.
Grados en Ingenierías Industriales, de Telecomunicaciones, de Matemáticas o Físicas, afines a la informática o automática.
Ingeniería Técnica o Diplomatura en Informática.
Ingeniería Industrial, de Telecomunicaciones, Licenciatura en Matemáticas o Físicas de otras especialidades.
Otras titulaciones universitarias y homologadas, con contenido o especialidades no tan estrechamente relacionadas con la informática, pero que cumplan con los requisitos de acceso a los estudios oficiales de máster y la formación recomendada para las asignaturas que se solicitan en la preinscripción.
La formación en esta Titulación consiste en 45 ECTS (5) con asignaturas de contenidos más 15 ECTS de la asignatura de Trabajo Fin de Master (TFM), que puede realizar en 1 curso (tiempo completo) o un máximo de 4 años consecutivos (desde la admisión).
En la preinscripción para el nuevo ingreso, puede solicitar un número cualquiera de asignaturas (a partir de un mínimo de 2 y excluyendo la de TFM, que requiere el cumplimiento de condiciones específicas), de cualquiera de los 2 bloques (Bloque I y Bloque II: las asignaturas no tienen porqué ser sólo de uno de estos bloques).
Además, para finalizar el TFM debe haber superado un mínimo de 5 asignaturas de contenidos (45 ECTS), de las que necesariamente debe cursar un mínimo de 3 (27 ECTS) en esta Titulación. Es decir, un mínimo de 3 asignaturas de contenidos no pueden provenir del reconocimiento o de la convalidación.
El proceso de selección requiere disponer de toda la documentación e información solicitada. Si, cumplido el plazo de respuesta para los requerimientos correspondientes, no se dispone de dicha información, se desestimará la solicitud. Sólo con dicha documentación es posible valorar, en cada solicitud, el orden de preferencia para el 'Criterio 1', según las listas anteriores, y, sobre esa ordenación, la aplicación del 'Criterio 2' (calificación del expediente académico); y así sucesivamente.
Con la ordenación obtenida en las preinscripciones, se procede a autorizar la matriculación en cada asignatura solicitada; con el criterio 'dominante' de "admitir al máximo número de estudiantes posible". De esta forma, la selección se realiza de la siguiente manera:
En las asignaturas con un número de solicitudes inferior al límite, se admite a todos los estudiantes.
El resto de las asignaturas se evalúa comenzando por la que menos solicitudes tiene, una a una y en orden creciente del número de peticiones recibidas. En cada una, se autorizan las solicitudes mejor posicionadas, hasta su límite (25), y, el resto, se desestima.
El caso de la asignatura de TFM es especial y es la última que se evalúa en cada solicitud: sólo se autoriza si ya se han autorizado 5 asignaturas (45 ECTS).
Tradicionalmente, las asignaturas de mayor demanda son las del Bloque I, de Ingeniería de Software y, dentro de este grupo:
Arquitecturas para Sistemas Software.
Desarrollo de Software Seguro.
Arquitecturas Orientadas a Servicios.
También hay que hacer notar que no es posible autorizar la matriculación en una asignatura de contenidos si la formación que se acredita en la titulación de acceso no incluye la especificada en la Guía de dicha asignatura. Por ello se recomienda encarecidamente la revisión detallada de las guías de las asignaturas que se solicitan en la preinscripción.
La preinscripción en el Máster, las asignaturas solicitadas y la autorización para su matrícula, no obligan a realizarla. Pero la admisión en el Título sólo es efectiva cuando el estudiante se matricula de un mínimo de 2 (18 ECTS) de las asignaturas que haya solicitado y estén autorizadas. Por ello, la autorización y la matrícula del TFM quedan condicionadas a que se cumplan las condiciones anteriores en la matrícula efectiva del resto de asignaturas autorizadas.
Atención: con el objeto de adecuar la asignación de un tutor que, durante toda la carrera, deberá aconsejar qué asignaturas de cada materia o módulo debe cursar de acuerdo al perfil que el estudiante quiera tener y de su formación previa, en el campo de observaciones del formulario de preinscripción también se debe incluir qué asignatura del Plan de Estudios es la más próxima a las preferencias en las líneas de formación o de trabajo del estudiante.
En conclusión:
En la preinscripción de la admisión al Máster, puede solicitar cualquier cantidad de asignaturas de contenidos, a partir de 2, de todo el plan de estudios y cualquiera de los 2 bloques; según su formación previa (requisitos y recomendaciones de cada asignatura solicitada) y el perfil formativo que le interese diseñar.
La selección de la admisión se hace en cada asignatura solicitada, poniendo en competencia los méritos de esa solicitud (el nivel de la titulación de acceso, el expediente académico, etc.), con los de todas las demás solicitudes en esa asignatura. Esto significa que hay mayor probabilidad de obtener la autorización para matricularse en una asignatura solicitada cuanto mayor sea el nivel de la titulación de acceso y más próxima esté a este Máster (siempre que tenga la formación previa requerida o recomendada para esta asignatura) o bien cuanto menor sea su demanda.
No es posible autorizar asignaturas que no se hayan solicitado en la preinscripción y, una vez autorizada una asignatura, tampoco obliga a su matriculación. Sin embargo, para poder ser admitido en el Máster, es preciso tener autorización para matricularse en un mínimo de 2 asignaturas.
La admisión sólo se hace efectiva tras realizar la matrícula en, al menos, esas 2 asignaturas autorizadas. Una vez admitido, en los cursos posteriores no hay más selección del acceso ni restricciones en las asignaturas de contenidos en las que se pueda matricular (excepto los requisitos y las recomendaciones, para la formación previa, que se establecen en cada asignatura).
El Título está diseñado para poder superarse, con dedicación completa, en un curso. En este caso, se deben solicitar, y ser autorizados, un mínimo de 45 ECTS con asignaturas de contenidos, además del TFM. De esos 45 ECTS, un mínimo de 3 asignaturas (27 ECTS) deberán matricularse y cursarse (es decir, no pueden convalidarse o provenir del reconocimiento de esos créditos). Los 18 ETCS restantes sí pueden provenir del reconocimiento, pero deben matricularse, también, en el mismo curso (si se convalidan, tienen tasas diferentes). De esta forma, la autorización para matricularse del TFM se condiciona a la matrícula de 45 ECTS, con las restricciones indicadas.
Procedimiento de solicitud para continuar los estudios:
Cada curso, se requiere que los estudiantes que deseen continuar sus estudios también realicen la preinscripción (hacia el final de los exámenes de la convocatoria de septiembre, ~10/09). En este caso, no hay concurso de acceso ni selección para la admisión y, a excepción del Trabajo Fin de Máster, los estudiantes se podrán matricular del número y tipo de asignaturas que más les interese.
La autorización para la solicitud de matrícula del Trabajo Fin de Máster discurre al margen de la de las otras asignaturas y está condicionada a la posibilidad de cursarla. Es decir, requiere:
Tener la posibilidad de completar, en ese curso, los 45 ECTS requeridos para poder superar el TFM.
De esos 45 ECTS, al menos 3 asignaturas (27 ECTS) deben cursarsedentro del Máster y esos créditos en ningún caso pueden provenir de reconocimiento o convalidación.
La autorización y la matrícula del TFM quedan condicionadas a que se cumplan las condiciones anteriores en la matrícula efectiva del resto de asignaturas.
Permanencia (importante): una vez admitidos, los estudiantes tienen un plazo máximo de 4 años para concluir los estudios y obtener el Título; contados consecutivamente desde el curso en el que se produce dicha admisión y la primera matriculación. Una vez agotado este plazo, es posible solicitar una convocatoria de gracia; siempre y cuando se haga antes del día 31 de octubre del año en curso.