Daño, responsabilidad y resarcimiento, en la clausura del curso de Derecho
La aplicación del principio de la reparación íntegra es fundamental
Federico Fernández de Buján
El catedrático de Derecho Romano de la UNED, Federico Fernández de Buján, ofreció una ponencia centrada en los principios en materia de reparación del daño. En Ceuta se celebró la jornada de clausura del curso sobre la historia presente y perspectivas de futuro de la responsabilidad contractual y extracontractual.
Oscar Moral, en el curso de Infancia y Discapacidad
Fernández de Buján disertó acerca de los principios en materia de reparación del daño, destacando que el resarcimiento de los daños y perjuicios derivados de la responsabilidad civil se lleva a cabo, con carácter general, a través de la aplicación del principio de la reparación íntegra, “que deviene inconveniente en ciertos supuestos como cuando se trata de valorar y apreciar daños no patrimoniales; y cuando el agente causante del daño ha obtenido un beneficio superior al montante o la cuantía de los efectivos daños que ocasiona a la víctima”.
A Fernández de Buján, le antecedieron el catedrático de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, Fernando Reinoso, que trató sobre Forum-shopping y Law-shopping, y el catedrático de Derecho de la UNED, Manuel Jesús García Garrido, que analizó cuestiones de práctica forense.
Infancia y discapacidad
De forma paralela, continúa el curso sobre infancia y discapacidad, que ayer contó con la intervención del asesor jurídico del Comité Español de Representantes de Minusválidos (CERMI), Oscar Moral, y de la delegada de esta entidad para asuntos de la Convención ONU, Ana Sastre.
Oscar Moral explicó las aportaciones que tanto la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia como la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad han supuesto para este colectivo de personas al ofrecer una nueva visión de los derechos hasta ahora contemplada, “sobre todo por la existencia de derechos que pueden ser demandados a las administraciones públicas y defendidos y reclamados en los tribunales de justicia”.
En la aplicación práctica de la normativa, las diferentes comunidades autónomas tienen la obligación de establecer los mecanismos necesarios para el funcionamiento del sistema y ante todo dotarlo presupuestariamente de forma adecuada.
“Todavía aún, tras más de dos años de entrada en vigor de la Ley”, criticó el letrado, “se detecta una información escasa, heterogénea y, para determinadas cuestiones, confusa, por lo que la información, el asesoramiento y la orientación a los usuarios debe ser un aspecto prioritario a desarrollar tanto por las administraciones, como por las entidades representativas de las personas con discapacidad”.
No obstante, la Ley contempla que en 2010 el Consejo Territorial del Sistema realice una evaluación de resultados y propondrá modificaciones en la implantación. “Para ese momento, las personas con discapacidad dispondremos de un acerbo de propuestas que posibiliten que el sistema verdaderamente cubra las necesidades y expectativas del colectivo”, concluyó Oscar Moral.