Seguro de asistencia en viaje.
La UNED ha firmado con la compañía Europ Assistance un contrato de "Asistencia en Viaje" para todo su personal, tanto funcionarios como contratados y becarios. El Contrato de Seguro tiene por objeto asegurar siniestros que se produzcan como consecuencia de un evento fortuito en el curso del desplazamiento en Comisión de Servicio o Permiso de Viaje fuera del domicilio habitual, en todo el mundo. La cobertura se hará desde la salida del Domicilio Habitual del Asegurado, siempre que se encuentre desplazado en Comisión de Servicio o Permiso de Viaje, y por un periodo máximo de 90 días consecutivos
TRÁMITES EN CASO DE SINIESTRO
Es requisito indispensable obtener la correspondiente autorización de EUROP ASSISTANCE comunicando de manera inmediata el siniestro a través de una llamada telefónica:
- desde España al 902 15 85 85
- desde el extranjero (cobro revertido) al +34 91 514 9900 o mediante cualquier otro medio que deje constancia de la comunicación de dicho siniestro (por ejemplo, telefax: (+34) 915149950, o telegrama).
En caso de no poderse realizar el aviso, deberá hacerse inmediatamente que cese la causa que lo impida.
El Asegurado señalará: nombre y apellidos, lugar donde se encuentra, teléfono de contacto, e informará de las circunstancias del siniestro y del tipo de asistencia solicitada.
LA REFERENCIA DEL CONTRATO DE LA UNED ES "8C4".
EUROP ASSISTANCE dará las instrucciones necesarias con el objeto de que se preste el servicio requerido.
-----------------------------------------------------------------------
Breve resumen de las coberturas del seguro (véase las condiciones generales del contrato)
-----------------------------------------------------------------------
GARANTÍAS CUBIERTAS RELATIVAS A LAS PERSONAS
A) En el extranjero:
- Gastos médicos en el extranjero (se supone que en España el personal de la UNED tiene cubiertos esos gastos), que incluyen los honorarios médicos, los medicamentos recetados por un médico o cirujano, los gastos de hospitalización, los gastos de ambulancia ordenados por un médico para un trayecto local.
- Sustitución de personal en el extranjero.
- Envío urgente de medicamentos al extranjero.
- Envíos de documentos y objetos personales al extranjero.
B) En España y en el extranjero
- Prolongación de estancia en hotel por enfermedad o accidente.
- Traslado sanitario de enfermos y heridos.
- Desplazamiento de un acompañante por hospitalización del Asegurado.
- Gastos de estancia de un acompañante por hospitalización del Asegurado.
- Regreso del Asegurado en caso de defunción de un familiar.
- Transporte de restos mortales del Asegurado.
- Transmisión de mensajes urgentes (derivados de las garantías).
- Responsabilidad Civil por daños personales, materiales y/o sus perjuicios causados por el Asegurado a un tercero.
- Adelanto de fondos.
- Pérdida o robo de pasaporte.
- Servicio de traducción urgente
GARANTÍAS CUBIERTAS RELATIVAS AL VIAJE Y AL EQUIPAJE
- Búsqueda y localización de equipaje.
- Demora del equipaje.
- Pérdida, daños y robo de equipaje. Quedan excluidos el hurto, el simple extravío, el dinero, las joyas, los documentos, el robo de equipaje u objetos personales que se encuentren en vehículos.
- Demora de Viaje.
- Pérdida Conexión de Vuelos.
- Gastos de anulación de viaje no iniciado, siempre que se anule el viaje antes de la fecha del inicio del mismo por causas como enfermedad grave o accidente, convocatoria como testigo o parte de un tribunal judicial o miembro de un jurado, anulación justificada de la Comisión de Servicio o Permiso de Viaje por parte de la UNED.
ALGUNAS EXCLUSIONES
- Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas por el Asegurado con anterioridad al inicio desplazamiento profesional así como aquellas de dichas enfermedades, lesiones o afecciones que se manifiesten en el transcurso del mismo.
- Renuncia, retraso o adelanto voluntario por parte del Asegurado al traslado sanitario propuesto por EUROP ASSISTANCE y acordado por su servicio médico.
- Rescate de personas en montaña, sima, mar o desierto.
- Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o medicamentos, salvo que estos últimos hayan sido prescritos por un médico.
- Quedan excluidos el hurto, el simple extravío, el dinero, las joyas, los documentos, el robo de equipaje u objetos personales que se encuentren en vehículos.
- El reembolso de los gastos médicos, quirúrgicos y farmacéuticos cuyo importe sea inferior a 30 Euros.