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MÁSTER UNIVERSITARIO EN PROBLEMAS SOCIALES

Course 2015-2016 / FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA

MÁSTER UNIVERSITARIO EN PROBLEMAS SOCIALES

PRACTICES

Prácticas y reconocimiento de experiencia profesional.

Los alumnos deberán realizar prácticas de investigación en entidades distribuidas por toda la geografía nacional. Si bien, las prácticas (8 créditos ects) puede ser superada mediante el Reconocimiento de la experiencia laboral o profesional realizada por los alumnos antes de comienzo del máster en campos y actividades afines al Máster.

El reconocimiento de dicha experiencia por valor de 8 créditos ECTS permitirá al alumno abonar sólo una parte de la matrícula para los ocho créditos de la asignatura de prácticas en concepto de reconocimiento de esos créditos en la titulación, según lo establecido anualmente en la Orden Ministerial que fija los precios públicos por este concepto.

Los alumnos que no hayan solicitado dicho reconocimiento deberán cursar la asignatura: “Prácticas de Investigación del Máster en Problemas Sociales” (8 créditos ECTS).

Solicitud de reconocimiento:

Para solicitar el Reconocimiento de la actividad laboral o profesional, el alumno deberá indicarlo en la solicitud de PREINSCRIPCIÓN, en el apartado correspondiente. Posteriormente, se le solicitará la información oportuna, una vez aceptada su preinscripción.

El órgano competente para el Reconocimiento de Créditos es la “Comisión de Coordinación de Títulos de Máster” con arreglo a la normativa de la UNED en materia de organización y gestión académica de los Másteres vigente.

Una vez resueltos y comunicados los reconocimientos al estudiante, este deberá abonar el importe establecido en la Orden Ministerial, que anualmente fija los precios públicos por este concepto, para hacer efectivos estos derechos, incorporarlos a su expediente y poner fin al procedimiento.

No obstante, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si el estudiante no estuviera de acuerdo con la resolución de la Comisión de reconocimiento podrá presentar en el plazo de un mes recurso de alzada ante el Rector.