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TRABAJO DE LA ESPECIALIDAD DE LIBERTADES INFORMATIVAS

Cod.26601795
CONTEXTUALIZACIÓN

Al regular las enseñanzas universitarias oficiales, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece, en el caso de los estudios conducentes a la obtención del Título Oficial de Máster que: "estas enseñanzas concluirán con la elaboración y defensa pública de un trabajo de fin de Máster, que tendrá entre 6 y 30 créditos". Los estudiantes del Posgrado en Derechos Fundamentales, para concluir sus estudios, han de defender públicamente, de forma presencial u on line a través de las TIC´s propias de la UNED,  un Trabajo de Fin de Máster, cuya carga lectiva es de 6 créditos.

 

  1. Normativa reguladora del TFM.

La presentación y defensa de ese trabajo ha de ceñirse a las reglas aprobadas por la UNED en el Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010 y recogidas a continuación.

 Artículo 1. Objeto.

Esta normativa contiene las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación  y tramitación administrativa de los Trabajos de Fin de Máster que se establezcan en los  diferentes Planes de Estudio de los Títulos Oficiales de Máster impartidos en la UNED.

 

Artículo 2. Características.

1. El Trabajo de Fin de Máster supone la realización por parte del estudiante de un proyecto, memoria o estudio, en el que aplique y desarrolle los conocimientos adquiridos en el seno del  Máster. El Trabajo deberá estar orientado a la aplicación de las competencias generales  asociadas a la titulación.

2. El Trabajo de Fin de Máster será realizado bajo la supervisión del tutor/a asignado.

3. El Trabajo de Fin de Máster deber ser evaluado una vez que se tenga constancia  (preferiblemente a través de las Actas) de que el estudiante ha superado las evaluaciones  previstas en las restantes materias del Plan de Estudios y dispone, por tanto, de todos los  créditos necesarios para la obtención del título de Máster, salvo los correspondientes al propio Trabajo.

 

Artículo 3. Comisión del Máster y Comisiones Evaluadoras

1. La Comisión del Máster coordinará y supervisará el proceso de realización de los Trabajos de Fin de Máster, velando por la calidad, la adecuación a los créditos ECTS establecidos para esta materia en el Plan de Estudios y la homogeneidad en el nivel de exigencia aplicado en la evaluación de los estudiantes.

 2. Para la evaluación de los Trabajos de Fin de Máster, la Comisión del Máster creará, a  propuesta del Coordinador/a de cada Máster, tantas Comisiones Evaluadoras como estime  conveniente, formadas por tres miembros, dos de los cuales serán profesores del Máster o de  otros Másteres de la UNED y el tercero, preferentemente y siempre que sea posible, el tutor/a,  no pudiendo haber más de dos miembros de la Comisión que pertenezcan al mismo Departamento. Si el tutor/a no pudiera asistir al acto de presentación del Trabajo de Fin de  Máster, el tercer miembro de la Comisión Evaluadora será también otro profesor del Máster o de otro Máster de la UNED.

En el caso de que la Comisión Coordinadora del Máster lo estime conveniente, podrán  formar parte de la Comisión Evaluadora profesores externos, que deberán ser doctores en  el caso de los Másteres de Investigación, y/o profesionales, con titulación de licenciado o  equivalente, con experiencia en el área de conocimiento, en el caso de los Másteres con orientación profesional.

 La Comisión del Máster designará entre los miembros de la Comisión Evaluadora un/a Presidente/a y un/a Secretario/a, no pudiendo recaer dichos cargos en quien, en su caso, desempeñe la función de tutor/a. En todo caso, la presidencia deberá ser asumida teniendo en cuenta el criterio de categoría docente y antigüedad.

 

Artículo 4. Convocatorias y Matrícula

1. Los Trabajos de Fin de Máster se deberán presentar en la:

- Convocatoria de Junio: cuya entrega de actas debe realizarse antes del 15 de Julio.

- Convocatoria de Septiembre: cuya entrega de actas debe realizarse antes del 15 de Octubre.

- Convocatoria de Febrero (salvo en el primer año de estudios): cuya entrega de actas  debe realizarse antes del 15 de marzo)

2. La matrícula en el Trabajo de Fin de Máster se realizará dentro del plazo general de matrícula, mediante el abono de los precios públicos que correspondan según los créditos asignados. Al tratarse de un Trabajo Fin de Máster será un requisito imprescindible el haberse matriculado en todas las asignaturas necesarias para superar el Máster.

 3. La matrícula dará derecho al estudiante a presentarse a dos convocatorias de defensa del  Trabajo, correspondientes al curso en que se haya realizado dicha matrícula.

 4. Aquellos estudiantes que hayan superado todas las asignaturas del Máster, a excepción del las fechas de entrega de actas pueden variar, en función del calendario académico. No obstante, el plazo límite de entrega de actas de Trabajos fin de Máster deberá concretarse al menos cinco días más tarde del  plazo límite de entrega de actas de las asignaturas.  Trabajo fin de Máster, y se matriculen por primera vez en el siguiente curso académico, tendrán derecho a presentarse en las convocatorias de:

- Febrero o Junio (a elección del estudiante) y

- Septiembre.

5. El artículo 4.5 queda derogado por Comisión Permanente y Asuntos Generales del 10 de  Junio de 2013.

 6. Las prórrogas de Trabajos de fin de Máster dan derecho a la presentación a examen en la:

- Convocatoria de Febrero o Junio (a elección del estudiante) y

- Convocatoria de Septiembre

 

 Artículo 5. Asignación del tutor/a y del tema.

 

1. La Comisión del Máster establecerá las directrices para la asignación a los estudiantes del tutor/a y del tema del Trabajo de Fin de Máster, y garantizará la asignación individual a cada estudiante del tutor/a y del tema.

 2. El tutor/a podrá ser un profesor/a del Máster correspondiente o un profesor/a externo, que deberá ser doctor en el caso de los Másteres de investigación, y/o profesionales, con titulación de licenciado o equivalente, con experiencia en el área de conocimiento en el caso de los Másteres con orientación profesional.

 3. El tema del Trabajo de Fin de Máster deberá posibilitar que éste sea completado por el estudiante en el número de horas correspondientes a los créditos ECTS que tenga asignada esta materia en el Plan de Estudios.

 4. La asignación del tutor/a y del tema deberá producirse al menos cuatro meses antes de la finalización del plazo de presentación de los Trabajos de Fin de Máster, y en todo caso, antes del 1 de junio del año académico en el que se ha producido la matrícula.

 

 Artículo 6. Presentación del Trabajo de Fin de Máster.

 1. La Comisión del Máster establecerá las fechas y plazos de presentación de los Trabajos de Fin de Máster en cada una de las convocatorias previstas, que deberán fijarse con tiempo suficiente para entregar las Actas dentro del plazo previsto. La información sobre estas fechas y plazos deberá hacerse pública de modo que se garantice su conocimiento por parte de los estudiantes.

 2. Una vez obtenido el visto bueno por parte del tutor/a, el estudiante remitirá a la Comisión del Máster o a quien ésta determine el Trabajo de Fin de Máster, en las condiciones que la Comisión haya determinado.

3. El visto bueno del tutor/a deberá ser remitido por éste a la Comisión del Máster, con carácter  previo a la defensa pública del Trabajo.

 4. Para todos los trámites necesarios para la convocatoria, recepción, presentación y defensa de los Trabajos Fin de Máster, la Comisión contará con el apoyo de la Unidad administrativa correspondiente.

 

 Artículo 7. Citación para la defensa.

 1. A propuesta del Coordinador/a del Máster, la Comisión del Máster determinará la Comisión Evaluadora que calificará cada Trabajo presentado, en caso de existir varias.

 2. El/la Presidente/a de la respectiva Comisión Evaluadora, con el visto bueno del Coordinador/a del Máster, acordará y notificará a cada estudiante el lugar, día y hora fijados para la defensa de su Trabajo, al menos con quince días naturales de antelación respecto de la fecha señalada para la defensa.

 3. El/la Coordinador/a del Máster hará público el calendario completo de defensas.

 

Artículo 8. Defensa pública.

 1. La defensa del Trabajo de Fin de Máster será realizada por el estudiante en sesión pública, mediante la exposición de su contenido o de las líneas principales del mismo, durante el tiempo máximo especificado en la citación para la defensa.

 2. A continuación, el estudiante contestará a las preguntas y aclaraciones que planteen los miembros de la Comisión Evaluadora.

 3. La Comisión Evaluadora deliberará sobre la calificación a puerta cerrada, y deberá proporcionar una calificación global, teniendo en cuenta tanto la valoración otorgada por el tutor/a al Trabajo como otros aspectos de la defensa pública de éste.

 

Artículo 9. Calificación.

1. La calificación se otorgará en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse su correspondiente calificación cualitativa:

0 - 4,9: Suspenso (SS).

5,0 - 6,9: Aprobado (AP).

7,0 - 8,9: Notable (NT).

9,0 - 10: Sobresaliente (SB).

2. Si el resultado de la calificación fuera Suspenso, la Comisión Evaluadora hará llegar al estudiante las recomendaciones que considere oportunas.

3. La Comisión Evaluadora cumplimentará la correspondiente Acta de Calificación, que será firmada por el Secretario, a efectos de que el tutor/a pueda incluir la calificación en las Actas correspondientes.

4. Cada Comisión Evaluadora podrá proponer en acta separada la concesión motivada de la mención de "Matrícula de Honor" a Trabajos de Fin de Máster que haya evaluado y que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9. La Comisión del Máster decidirá sobre la asignación de estas menciones, teniendo en cuenta, en caso necesario, el expediente global del estudiante, y se encargará de incluirlas en las Actas correspondientes. El número de estas menciones no podrá exceder del cinco por ciento de los estudiantes matriculados en la correspondiente materia Trabajo de Fin de Máster, salvo que el número de estudiantes matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola "Matrícula de Honor".

2.2 Procedimiento.

      a)      Elección del tutor

El TFM ha de realizarse bajo la supervisión de un profesor tutor. Para ello, el primer paso requerido consiste en que el estudiante se ponga en contacto con un profesor del máster para que, en su caso, éste sea su tutor y acuerden la propuesta del tema sobre el que versará el trabajo dentro de las líneas de investigación propuestas para cada Curso Académico en la carpeta de Documentos Públicos de la plataforma Alf de esta asignatura. A efectos organizativos es necesario que comuniquen su línea de investigación el nombre del docente que vaya a dirigir su Trabajo al Tutor Docente del Máster para que pueda darles de Alta en la aplicación correspondiente vía e-mal a sperez@der.uned.es

       b)      Solicitud de Defensa del TFM.

Una vez concluido el TFM y tras haber obtenido el Vº Bº del tutor del mismo, el estudiante debe remitir),

  • Una solicitud de defensa del TFM vía e mal a  sperez@der.uned.es  donde conste:
  • 3 copias impresas del TFM, según las normas de presentación y encuadernación  que se señalan en esta Guía, por correo postal  al:

Secretaria del Departamento de Derecho eclesiásgtico del Estadfo

Las fechas límite para la recepción de los TFM son las siguientes:

 

  • Convocatoria de febrero     Hasta el 20 de febrero de 2015.
  • Convocatoria de junio     Hasta el 20 de junio de 2015
  • Convocatoria de septiembre    Hasta el 20 de septiembre de 2015.

 Con antelación suficiente se notificará a cada estudiante mediante un aviso publicado en el tablón de Noticias generales del Máster el lugar, día, hora y tiempo máximo de exposición fijados para la misma.