ÁMBITO JURÍDICO DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Cod.22204164
CONTEXTUALIZACIÓN
El tratamiento jurídico de la prevención de riesgos laborales se e encuentra en los orígenes mismos del Derecho del Trabajo. Se puede decir incluso que las primeras normas de tal rama del Derecho lo son de seguridad e higiene en el trabajo (términos que se usarán con frecuencia en el desarrollo de la asignatura con caracter indistinto), como las primeras normas en defensa de los menores y las mujeres trabajadoras, o las de limitación de jornadas (también dirigidas en un primer momento a los colectivos citados), o las de aseguramiento por accidentes de trabajo, por citar solamente algunos ejemplos.
Su evolución transcurre paralela a los logros económicos y sociales a lo largo del siglo XX, fuertemente influenciada por las ideologías imperantes en cada momento histórico; así, prevalencia del aspecto individual sobre el colectivo o viceversa, generalización de los supuestos de hecho que merecen protección por los poderes públicos, intensificación de la protección o ampliación del campo de actuación a nuevos colectivos.
Más recientemente es importante reseñar la distribución de competencias entrte las distintas Administraciones Públicas en la materia, consecuencia de la estructura política de nuestra nación, que incide en la naturaleza de las normas que regulan el derecho de la seguridad e higiene en el trabajo.
Finalmente y no menos importante se requerirá conocer la labor normativa de las Instituciones de la Unión Europea, que si temor a equivocarnos podemos calificar de principal generadora de regulaciones en maeteria de prebvención de riesgos laborales.