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EL ESTATUTO CONSTITUCIONAL DE LOS EXTRANJEROS Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES

Curso 2017/2018 / Cod.26606248

EL ESTATUTO CONSTITUCIONAL DE LOS EXTRANJEROS Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS INMIGRANTES

TUTORIZACIÓN Y SEGUIMIENTO

A pesar de que han sido muy numerosas las definiciones referentes a la educación a distancia, que parten de una diversidad en la consideración de los proyectos, el tamaño, las estructuras, la organización o incluso, como veíamos anteriormente, la denominación, nos alineamos con la definición de FERNANDEZ DE BUJAN, para quien "la educación a distancia es un sistema de enseñanza apto para ser ofrecido a un amplio número de estudiantes, en el que los alumnos, sin requerir la presencia  continua de sus profesores, y con el fin de cursar de forma flexible sus estudios, dirigen personalmente su propio proceso de aprendizaje, aprovechándose de los medios tecnológicos y el apoyo tutorial que les ofrece un equipo docente, responsable de la programación académica, la elaboración de los materiales didácticos y la evaluación de los resultados"

            De la consideración de la enseñanza a distancia como "un sistema tecnológico de comunicación bidireccional, que puede ser masivo y que sustituye la interacción personal en el aula de profesores y alumnos como medio preferente de enseñanza por la acción sistemática y conjunta de diversos recursos didácticos y el apoyo de una organización y tutoría que propician el aprendizaje independiente y flexible de los estudiantes", podemos extraer una serie de características, cuya combinación, y mayor o menor ponderación, concurren en la consideración de la enseñanza a distancia:

1. En la modalidad de educación a distancia existe una importante separación profesor-alumno, lo que no implica una ausencia de relación entre los alumnos y los docentes.

2.Se establece una organización de apoyo al alumno a través de un sistema tutorial.

3. En la modalidad de la enseñanza a distancia se potencia el aprendizaje individual y flexible y se favorece el trabajo independiente del alumno. No obstante este aprendizaje independiente y flexible no significa que el alumno se encuentre sin los medios de apoyo necesarios para solventar cualquier problema que se pudiera suscitar. Por el contrario, si el modelo de educación a distancia dispone de medios necesarios y diversos para ofrecer soluciones a estos problemas, lo que se pretende potenciar es que el alumno adecue estos medios, y opte entre ellos, a sus propias necesidades.

4.En la educación a distancia existe una comunicación bidireccional en el que ambas partes (docentes y alumno) se convierten en emisores y receptores.

            Si en el modelo de educación superior a distancia convierte al estudiante en el centro del proceso de aprendizaje, a la vez que es sujeto activo de su formación, la eficacia del modelo educativo depende, en gran medida, de la formación, capacidad y actitudes de sus docentes.

Las dificultades que se han puesto de manifiesto en el modelo educativo a distancia exigen, por consiguiente una actitud determinada en el docente a distancia y distinta de la que se requiere al docente presencial, puesto que mientras que en el modelo presencial gran parte de los problemas que pueden surgir pueden depender del profesor, en el modelo a distancia, a parte de que los problemas dependan del docente, también dependen del sistema. Se trata de una metodología docente que también deberá tener en cuenta la motivación y potenciación del aprendizaje independiente y autónomo del alumno. La educación a distancia no es una enseñanza presencial, pero tampoco se trata de un aprendizaje absolutamente libre. Por ello, la distancia pone al profesor en una situación especial, puesto que el docente no desgrana el programa directamente ante los alumnos. El docente a distancia debe, en definitiva, prever lo que los alumnos deben de aprender, pero tambien, y fundamentalmente, cómo lo conseguirán, con qué dificultades se encontrarán, y cómo podrán saber que el proceso de aprendizaje es el más adecuado. Necesita anticiparse a las necesidades a través de un adecuado sistema de información, de llevar a cabo una auténtica dirección del aprendizaje y de realizar una función orientadora tanto a la largo del proceso, como en el propio sistema de evaluación

Los estudiantes de esta Asignatura pueden contactar con los Profesores de la Sede Central de acuerdo con el siguiente horario de guardias y permanencias:

Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez (Profesor Titular de Derecho Constitucional)

e-mail:  juanmgoig@der.uned.es

teléfonos: 913988018; 913986128

horario de guardias y permanencias: martes y miércoles en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 20 horas.

Los estudiantes pueden contactar mediante correo ordinario con cualquiera de los Profesores del Equipo Docente a la siguiente dirección postal:

 

Nombre del Profesor

UNED. Facultad de Derecho.

Departamento de Derecho Político.

C/ Obispo Trejo s/n

Ciudad Universitaria

Madrid, 28040

 

También pueden entrevistarse personalmente con el Profesor, los días de guardia y permanencia indicados, en la dirección indicada, en el Despacho 1.22