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CONCEPTO, NATURALEZA JURÍDICA Y FUNDAMENTACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Cod.26601028
PRESENTACIÓN

    Esta asignatura pretende orientar la reflexión de sus alumnos hacia tres de las preguntas básicas de cualquier teoría general de los derechos humanos: la pregunta por su concepto, la pregunta por su naturaleza jurídica y la pregunta por su fundamentación.

    La pregunta por el concepto se dirige a la determinación de ‘lo que son los derechos humanos’, es decir, al descubrimiento de la realidad (ética, jurídica y política) que es designada habitualmente con la expresión “derechos humanos”. Esta pregunta no puede desembocar, sin embargo, en una respuesta simple, ya que estos derechos tienen un carácter constitutivamente histórico y dinámico. 

    En consecuencia, sólo será posible llegar a una delimitación conceptual adecuada si se tienen en cuenta los diferentes elementos que han influido en su nacimiento y en el subsiguiente proceso de su transformación. Y, así, resultará imprescindible seguir las dos vías de análisis que, al parecer, pueden contribuir mejor a la ponderación del papel que ha correspondido en el proceso a los principales factores: la de las ‘ideologías’ que los han inspirado en cada una de las fases y la de los rasgos diferenciales que han ido marcando su devenir.

    Por su parte, la pregunta por su naturaleza jurídica asumirá el compromiso de situar el concepto “derechos humanos” en la casilla que, según las diferentes doctrinas, le corresponde ocupar dentro de la amplia retícula de categorías jurídicas que dan acogida a los intereses, pretensiones, facultades o poderes que el Derecho reconoce a sus sujetos. Abrirá, pues, la puerta a una reflexión bifronte.

    Por un lado, llevará hasta el examen de las varias teorías que han intentado dar una respuesta coherente. Por otro, se concentrará en un análisis de tipo ontológico que buscará la determinación de los elementos o caracteres específicos que configuran el peculiar modo-de-ser jurídico de los “derechos humanos” como una categoría esencialmente diferenciada. Sin perjuicio de que hayan de ser considerados como una realidad plenamente cultural e histórica, los derechos humanos (en su conjunto y en cada uno de sus grupos o especies) tienen un permanente núcleo entitativo diferencial del que no se puede prescindir a la hora de pensar y escribir jurídicamente sobre ellos.

    En ese punto se dará una importancia muy especial al examen de las dos tesis extremas. De una parte, la que entiende que los derechos humanos son verdaderos derechos con independencia de que sean o no reconocidos en las leyes establecidas por los Estados o por los organismo de ámbito supraestatal. De otra parte, la que sostiene que son derechos propiamente dichos sólo en la medida en que son garantizados por los ordenamientos jurídicos (es decir, en la medida en que su ejercicio está respaldado por la sanción de normas jurídicas positivas de tal forma que son ejercitables ante instancias jurisdiccionales).

    A su vez, la pregunta por la fundamentación de los derechos humanos dirigirá la atención hacia la búsqueda de los argumentos capaces de demostrar, dentro de un debate racional, que esos derechos deben ser reconocidos y garantizados por todos los ordenamientos jurídicos.

    En esa búsqueda, se abordará en primer lugar la ponderación previa del valor probatorio que tienen los diferentes tipos posibles de fundamentación, centrando la atención especialmente en los dos tipos extremos: el que se apoya en los simples datos de experiencia (históricos, sociológicos, psicológicos, etc.) que respaldan la aceptación de los derechos y el que recurre a los argumentos por los que resulta racionalmente exigible reconocerlos y proteger su ejercicio. Después, se llevará a cabo un análisis sistemático de los valores y principios de razón sobre los que puede desarrollarse un proceso argumentativo riguroso que sea capaz de llevar a la mayoría de los hombres a formular (o admitir) la afirmación teórica de que el reconocimiento de los derechos humanos viene impuesto por exigencias de la propia racionalidad humana.