De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.1. del Reglamento Electoral General de la UNED, y no habiéndose formulado reclamación en plazo establecido al efecto contra la proclamación provisional de candidato electo a Rector en la segunda vuelta de las votaciones, la Junta Electoral central procede a proclamar definitivamente como Rector a
- D. Alejandro Tiana Ferrer
Notifíquese la presente proclamación a los interesados y hágase pública en la página web de la Universidad.
De conformidad con el artículo 54 del Reglamento Electoral de la UNED, frente a esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de dicho orden jurisdiccional o, en su caso, recurso potestativo de reposición ante esta Junta Electoral Central, en el plazo de un mes, sin que en ningún caso puedan simultanearse ambos recursos.